Los efectos electorales vinculados a la denominada ‘ley de nietos’ serán revisados este lunes por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, al que han llegado sendos recursos presentados por Vox y Iuistitia Europa, dos organizaciones habituales en las causas judiciales contra el Gobierno de Pedro Sánchez.
Buscan que el Alto Tribunal los deje en suspenso mientras estudia una cuestión meramente formal: si la Junta Electoral Central incurrió en dejación de funciones al declararse no competente para pronunciarse sobre este asunto el pasado mes de julio.
Se recurrió esa decisión administrativa concreta, pero se pretende frustrar el voto a raíz de la concesión de la nacionalidad española para los descendientes españoles que viven en el extranjero y que sufrieron el exilio, en cumplimiento de una disposición incluida en la ley de memoria democrática.
El Supremo ha previsto la celebración este lunes de dos vistas públicas que se celebrarán de forma consecutiva a partir de las 10.00 horas en relación con las medidas cautelares planteadas por los recurrentes. Además de la Junta Electoral, el Supremo ha incluido entre los demandados Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al Instituto Nacional de Estadística (INE), que estarán representados por la Abogacía del Estado.
Para Iuistitia Europa, el papel del instituto de información estadística resulta especialmente relevante porque en su estructura se encuentra la Oficina del Censo Electoral. En representación de Vox está prevista la intervención de su coordinador jurídico nacional, Jorge Buxadé, que defiende que la decisión de la Junta Electoral de eludir este asunto no se ajusta a derecho y supone una quiebra en la protección de los derechos fundamentales de los españoles.
Tras recibir las demandas, los magistrados abrieron pieza separada para estudiar si mientras analizan la cuestión de fondo es preceptivo suspender la eficacia de la norma. El ponente del asunto será Antonio Narváez, fiscal de carrera y magistrado que formó parte del sector conservador del Tribunal Constitucional hasta diciembre de 2022.
Instrucción de Justicia
Entre las medidas cautelares, reclaman la suspensión de la eficacia de la instrucción de Justicia sobre la concesión de estas nacionalidades y que se obligue a las embajadas a separar los expedientes de nacionalidad ya tramitados del resto del censo de españoles en el extranjero con derecho a voto.
Jorge Buxadé / C. V.
La Junta Electoral declaró que excedía de sus competencias intervenir frente a las irregularidades denunciadas por varios partidos en la adquisición de nacionalidad derivada de la Instrucción que fue aprobada en octubre de 2022 por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que depende del Ministerio comandado por Félix Bolaños. Para los recurrentes, los efectos de esta norma «se proyectan de manera directa, automática y potencialmente irreversible sobre la formación del censo electoral».
Altas en el voto CERA
También recurren que se rechace «expresa o implícitamente» ordenar a la Oficina del Censo Electoral la inmediata apertura de actuaciones de revisión, inspección, control, trazabilidad y depuración de las altas producidas en voto CERA (desde el exterior) o que no se adoptaran medidas suficientes «para evitar que altas censales carentes de trazabilidad o sustentadas en expedientes potencialmente incompatibles con la Ley sigan desplegando efectos electorales«.
Lo que sí acordó la Junta Electoral es solicitar más información a la Oficina del Censo Electoral sobre los votantes españoles que residen en el extranjero, por lo que los recurrentes quieren que el Supremo exija a la administración electoral aclarar cómo se asigna el municipio o provincia por el que votan estos ciudadanos.
Iuistitia también reclama que con periodicidad mensual, se elabore un informe estadístico desglosado de las altas producidas en el CERA desde el 1 de noviembre de 2022; y que se conserven, bajo apercibimiento legal, todos los expedientes administrativos, metadatos, registros de cita y documentos soporte relacionados con las altas en el CERA tramitadas al amparo de la ley de memoria.
Por su parte, Vox incide en su recurso en la necesidad de que el Supremo declare la «competencia irrenunciable» de la Junta y su obligación de adoptar medidas «expeditivas y urgentes» para garantizar el ejercicio del voto en un proceso electoral limpio y transparente. Así, reclama que se impartan instrucciones a la Oficina del Censo Electoral, consulados, ayuntamientos y registros civiles para que las altas censales se tramiten únicamente cuando quede acreditada la causa de exilio prevista en la ley y no cuando esta haya sido «meramente presumida».
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