Un niño de 11 años conducía un turismo en un aparcamiento cercano a Gijón mientras su padre ocupaba el asiento del acompañante. La escena terminó con una investigación por un delito contra la seguridad vial y con el adulto señalado como posible cooperador necesario. Pero el caso no quedó ahí: otro menor fue localizado semanas antes al volante en una carretera asturiana.
Dos Menores fueron sorprendidos conduciendo en Asturias
El primer caso ocurrió en un aparcamiento próximo a Gijón
Los hechos del primer episodio ocurrieron sobre las 18:00 horas del 25 de agosto. Una patrulla de Seguridad Ciudadana del Puesto de Candás circulaba por la AS-II, la vía que conecta Oviedo y Gijón, cuando observó un turismo avanzando a muy poca velocidad por la zona de aparcamiento de un restaurante.
La situación llamó la atención de los agentes, que decidieron detener el vehículo para identificar a sus ocupantes. Al comprobar quién estaba al volante, descubrieron que se trataba de un menor de apenas 11 años que nunca había obtenido permiso de conducir.
En el asiento del acompañante viajaba su padre, un hombre de 53 años residente en Roma, Italia, que estaba pasando unos días por la zona. La presencia del adulto junto al menor es uno de los elementos que ha llevado a investigar también al progenitor por haber permitido presuntamente el uso del coche.
Posteriormente, el Equipo de Investigación de Siniestros asumió las diligencias policiales. El caso fue remitido a la Fiscalía de Menores de Oviedo y a los tribunales correspondientes. Un aparcamiento y una velocidad reducida no convierten la conducta en segura ni la sacan del ámbito de la ley.
Otro joven circulaba de forma errática por la AS-238
La Guardia Civil informó también de un segundo episodio ocurrido semanas antes. Sobre las 18:15 horas del 21 de julio, una patrulla del Destacamento de Tráfico de Gijón observó un turismo circulando por el kilómetro 8 de la carretera AS-238, entre Avilés y Luanco.
Según las diligencias, el vehículo realizaba maniobras bruscas, aceleraciones y frenadas aparentemente aleatorias. Durante una de esas maniobras estuvo cerca de abandonar la calzada y acabar en el arcén, una situación que elevó de forma evidente el riesgo para quienes viajaban en el coche y para el resto de usuarios.
Los agentes dieron el alto al turismo y comprobaron que su conductor también era menor de edad y nunca había obtenido permiso de conducir. A su lado viajaba un adulto de 63 años y vecino de Avilés.
Los dos casos comparten un elemento decisivo: los menores estaban al volante sin haber obtenido nunca el permiso, mientras que los adultos que los acompañaban o facilitaron el vehículo están siendo investigados como posibles cooperadores necesarios. La diferencia entre un episodio y otro está en el lugar y en la forma de conducción, pero ambos plantean el mismo problema legal.
Qué consecuencias puede tener prestar un coche sin permiso
Conducir sin haber obtenido nunca el permiso puede ser delito
La conducción de un vehículo a motor sin haber obtenido nunca un permiso o una licencia no se considera únicamente una infracción administrativa. El Código Penal contempla para esta conducta penas de prisión de tres a seis meses, multas de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
La consecuencia concreta depende de las circunstancias del caso y de la situación de la persona investigada. En los episodios comunicados por la Guardia Civil, los conductores eran menores, por lo que el tratamiento no es idéntico al que recibiría un adulto.
La investigación, en cualquier caso, no se limita a comprobar si el coche circulaba deprisa o si se encontraba en una carretera abierta. El hecho determinante es que el menor se puso al volante sin haber obtenido nunca la autorización exigida para conducir.
Por eso, la escena puede tener recorrido judicial incluso cuando el vehículo avanza despacio o se encuentra en un aparcamiento. La ausencia de permiso es el punto central de la investigación, no solo la velocidad a la que se desplazaba el coche.
El Adulto puede responder como cooperador necesario
La situación del padre y del segundo acompañante es diferente. La Guardia Civil señala que los propietarios o adultos que hayan permitido o facilitado conscientemente el uso del vehículo pueden ser investigados como cooperadores necesarios cuando saben que el joven carece de permiso.
En el primer caso, el padre se encontraba sentado junto al menor de 11 años cuando los agentes interceptaron el turismo. En el segundo, un adulto de 63 años viajaba al lado del joven que realizaba maniobras bruscas en la AS-238.
La expresión cooperador necesario describe, en este contexto, la posible aportación imprescindible para que otra persona pueda cometer la conducta investigada. No basta con pensar que el menor sabe mover un coche: permitirle utilizar un vehículo convencional puede convertir al adulto en parte del problema legal.
Cuando el conductor es menor, la Guardia Civil indica que pueden imponerse medidas como cursos de seguridad vial o tareas de concienciación. El caso del adulto, en cambio, se analiza desde la posible autorización consciente del uso del vehículo por alguien que no tenía permiso.
El riesgo no termina en la Investigación Penal
Un coche particular no permite controlar el vehículo desde el acompañante
La Guardia Civil recuerda que enseñar a conducir en un turismo convencional plantea riesgos que van más allá de una posible sanción. Los vehículos de autoescuela cuentan con un doble juego de pedales, mientras que un coche particular no ofrece ese control adicional al acompañante.
Si aparece un obstáculo o surge una situación de peligro, la persona sentada en el asiento del copiloto no puede accionar de inmediato el freno. Tampoco puede corregir con facilidad la trayectoria desde ese lado del vehículo.
La reacción puede llegar tarde. Y, en una situación repentina, unos segundos bastan para que el coche golpee un obstáculo, invada otra zona de la calzada o ponga en riesgo a quienes se encuentren cerca.
El problema tampoco se resuelve con que el menor haya manejado el coche antes. Saber mover un volante no equivale a conocer las normas de circulación ni a dominar las decisiones que exige una emergencia. Aprender a conducir no consiste solo en acelerar, frenar y girar.
El seguro puede reclamar los gastos después de un Accidente
Otro error habitual consiste en pensar que la existencia de un seguro garantiza que cualquier accidente quedará cubierto sin consecuencias para el propietario. La Guardia Civil advierte de que la aseguradora debe responder frente a los terceros perjudicados, pero eso no impide que después pueda reclamar determinados gastos.
Dependiendo de las circunstancias, la compañía puede reclamar al tomador del seguro las cantidades que haya tenido que asumir. De este modo, el coste de permitir que conduzca una persona sin permiso no se limita a una posible investigación penal.
| Situación | Posible consecuencia |
|---|---|
| Menor que conduce sin haber obtenido permiso | Investigación por un delito contra la seguridad vial y posibles medidas como cursos o tareas de concienciación |
| Adulto que permite conscientemente el uso del coche | Investigación como posible cooperador necesario |
| Accidente con una persona sin permiso al volante | La aseguradora responde frente a terceros y puede reclamar después los gastos al tomador, según las circunstancias |
El aparcamiento del primer episodio no elimina el riesgo, igual que circular lentamente no garantiza que el vehículo pueda controlarse ante un imprevisto. La falta de doble pedal, la ausencia de formación teórica y los conocimientos incompletos del acompañante forman una combinación especialmente delicada.
La Guardia Civil vincula estos casos con tres tipos de consecuencias: seguridad vial, responsabilidad penal y perjuicio económico. Una decisión que puede parecer una práctica ocasional termina así bajo la atención de los agentes, la Fiscalía de Menores y los tribunales.












