La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la imputación de la letrada Leticia de la Hoz, que ejerció la defensa de Koldo García, y que fue implicada en el caso Leire Díez por la empresaria Carmen Pano. Esta testigo aseguró haber llevado 90.000 euros en efectivo a Ferraz de parte del comisionista Víctor de Aldama.
El juez del caso Leire interrogó a De la Hoz, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, por supuestamente haber ofrecido dinero (50.000 euros) y otras dádivas con un valor de hasta 250.000 euros a la empresaria Carmen Pano –quien manifestó en el Tribunal Supremo haber entregado 90.000 euros en la sede de Ferraz– a cambio de modificar su declaración para perjudicar al comisionista Víctor de Aldama.
La empresaria Carmen Pano y su chófer Álvaro Gallego a su llegada a la Audiencia Nacional, a 29 de junio de 2026, en Madrid (España). / Fernando Sánchez – Europa Press
Carmen Pano conoció a De la Hoz como «experta en el sector de hidrocarburos». Y en su testimonio como testigo relató a la UCO que antes de comparecer el 18 de febrero de 2025 en el Tribunal de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional le llamaron del despacho de Leticia de la Hoz para hacerles una propuesta: «De lo que se trataba era de cambiar la versión de los hechos que figuraba en los medios de comunicación acerca de la entrega del dinero en Ferraz […], diciéndoles De la Hoz que fueran pensando lo que querían a cambio de ello. En la tercera reunión, dice la testigo, que le indicó a De la Hoz lo que quería a cambio, 25.000 euros para la boda de su hija y el alquiler mensual para su casa durante un tiempo determinado».
«Aceptó sus pretensiones económicas»
La testigo señaló que en una cuarta reunión, el 14 de febrero de 2025, «De la Hoz aceptó sus pretensiones económicas […], indicándoles lo que tenían que decir en la declaración prevista para el 18 de febrero del referido año, acordando reunirse tras dicha declaración donde podrían comprobar que todo se había ajustado a lo convenido, ya que De la Hoz ejercía la defensa de Koldo García. Añade la testigo que finalmente no accedieron a ello y las declaraciones judiciales que prestaron se ajustaron en todo momento a la realidad de los hechos», recuerda el auto, de 13 de julio, al que ha tenido acceso esta redacción.

El exasesor Koldo García y su abogada Leticia de la Hoz a su llegada al Tribunal Supremo, a 27 de noviembre de 2025, en Madrid (España). / A. Pérez Meca – Europa Press
De esta declaración, «y sin prejuzgar en absoluto el desarrollo del procedimiento, y únicamente en lo que atañe al objeto del recurso de apelación, este contenido contiene las manifestaciones ante la Guardia Civil, de unos hechos, que prima facie y aparentemente podrían constituir una infracción penal, y por ello es lógico y razonable que el juez instructor quiera investigarlos y quiera investigar a las personas que aparecen implicadas en los mismos, no pudiendo tacharse de arbitraria la decisión de citar a la ahora recurrente como investigada, y dados los términos concretos y detallados de dicha declaración testifical«, prosigue el auto, que confirma la imputación de De la Hoz, que declaró el pasado 14 de julio.
En la resolución los magistrados recuerdan que tras este testimonio, la investigada podrá contradecir y proponer las pruebas que estime necesarias, pero que su declaración «como investigada, y como una diligencia de investigación más de los hechos objeto, entre otros, del procedimiento, es ciertamente razonable y ajustado a derecho«.
«Una imputación inicial»
En este sentido, la Sala destaca que este testimonio «supone más bien una diligencia de instrucción dentro de la fase procesal en la que nos encontramos en la que se trata de investigar la realidad de unos hechos que podrían ser constitutivos de delito y conocer o averiguar las personas que pudieran ser responsables de los mismos, diligencia que es en cierto modo más especial, pues supone una imputación inicial a una persona y que ha de hacerse de la forma que se especifica en la Ley«.
En su recurso, la defensa de De la Hoz lamentaba que en este caso no existiera «un juicio de verosimilitud, pues se da como único sustento de la imputación a la declaración testifical Carmen Pano, contradicha con otras pruebas documentales y otras circunstancias, añadiendo que la secuencia temporal de tales hechos es incompatible con el relato de la acusación».
En concreto, fuentes de la defensa explican a esta redacción que esta letrada asturiana no era abogada de Koldo García cuando Carmen Pano le atribuye la supuesta mordida para favorecer al que fuera asesor de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes.
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