Cobrar el paro no significa desaparecer del mapa ni quedarse encerrado en casa. Una persona desempleada puede tener planes, compromisos familiares, viajes pendientes o unos días de descanso, especialmente en verano, cuando muchas familias se desplazan y los precios, los billetes y los alojamientos se organizan con semanas o meses de antelación. La duda aparece cuando ese viaje coincide con el cobro de una prestación o subsidio por desempleo.
Todo depende del destino, de la duración del viaje y de si se mantiene la obligación de estar disponible para el servicio público de empleo. No es lo mismo moverse unos días dentro de España que salir al extranjero durante varias semanas. Y el error de no comunicar una salida puede acabar con la prestación suspendida, extinguida o con una reclamación de cantidades.
Prestación por desempleo
Lo primero que conviene aclarar es que, mientras una persona cobra una prestación por desempleo, no está disfrutando de vacaciones laborales como un trabajador en activo. Durante el periodo en el que se perciben prestaciones por desempleo no se es trabajador en activo y, por tanto, no existe un derecho a “vacaciones” en el mismo sentido que cuando se trabaja. Además, el beneficiario debe cumplir sus obligaciones, entre ellas renovar la demanda, acudir a citaciones y mantener la disponibilidad para acciones de empleo o formación.
Viaje por España
Si el viaje es dentro de España, la situación suele ser menos problemática, pero no conviene confiarse. El beneficiario debe seguir localizable, renovar la demanda de empleo cuando corresponda y atender cualquier requerimiento del SEPE o del servicio autonómico de empleo. Si el desplazamiento impide cumplir esas obligaciones, puede haber problemas. Por eso, aunque no exista una comunicación específica como en una salida al extranjero, lo prudente es no organizar un viaje que coincida con citas, cursos, entrevistas o fechas de renovación de la demanda.
Viaje al extranjero
La cuestión cambia cuando el viaje es fuera de España. El SEPE distingue varios supuestos según la duración y el motivo. Si una persona que cobra prestación contributiva o subsidio se traslada al extranjero por cualquier causa durante un periodo superior a 30 días y de hasta 90 días naturales como máximo dentro de cada año natural, la prestación se suspende. Además, la salida debe comunicarse antes al SEPE y ser autorizada. Si no se comunica, la persona beneficiaria puede cometer una infracción que dé lugar a un procedimiento sancionador.
También existen reglas específicas para salidas al extranjero por búsqueda o realización de trabajo, cooperación internacional o perfeccionamiento profesional. En esos casos, el traslado debe comunicarse previamente y ser autorizado por el SEPE. Por eso, antes de viajar, lo más seguro es consultar el criterio vigente en el SEPE y comunicar la salida si hay cualquier duda, especialmente si el viaje es al extranjero y puede alargarse.
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