La reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno cambia las reglas del equipamiento para quienes circulan en moto y ciclomotor, según la nota oficial de la DGT. El calendario ya tiene dos fechas claras: 1 de octubre de 2026 para la entrada general de la norma y 1 de octubre de 2027 para el casco homologado en ciclomotores.
El cambio llega con una idea sencilla, pero muy concreta: dejar menos margen a interpretaciones. Ya no bastará con llevar “algo” que parezca seguro. En el caso del casco, la referencia pasa por la homologación europea vigente, con etiquetas como ECE 22.06 y una identificación visible cosida en la correa.
La parte que más notarán los motoristas en el día a día es esta: conducir con sandalias, chanclas o calzado abierto quedará prohibido en cualquier vía, y circular sin guantes en carretera también será sancionable. La multa prevista para estas infracciones graves será de 200 euros. Ahí está el giro práctico de la reforma: el equipamiento deja de ser una recomendación para convertirse en una obligación medible.
DGT: casco homologado, guantes y calzado cerrado para moto
La DGT resume el cambio en tres obligaciones: guantes para motoristas en vías interurbanas, calzado cerrado en todo tipo de vías y casco homologado para ciclomotores. Además, la norma aclara que la obligación técnica concreta de los guantes homologados quedará pendiente de una orden ministerial posterior; mientras tanto, se admitirán guantes de protección de características equivalentes a los actuales.
La lógica de fondo es conocida por cualquier motorista: en una moto no hay carrocería. El casco absorbe impactos en la cabeza, los guantes protegen la primera zona que suele tocar el suelo en una caída y el calzado cerrado evita lesiones frecuentes en pies y tobillos. La novedad es que ese mínimo de protección pasa a tener reflejo sancionador.
Cómo saber si un casco sirve de verdad
El primer filtro está en la etiqueta. Un casco homologado debe llevar una etiqueta blanca cosida en la correa. En ella debe aparecer la letra “E” junto a un número que identifica el país de homologación; en España, el código es E9. También debe figurar la norma europea correspondiente, como ECE 22.06, que es la referencia actual para cascos de moto.
Conviene distinguir entre homologado y simplemente certificado. La reforma apunta precisamente a cerrar esa puerta en los ciclomotores: a partir del 1 de octubre de 2027, el casco tendrá que estar homologado conforme a la normativa europea vigente. En la práctica, eso significa que no basta con que el casco tenga apariencia de casco ni con que se venda como accesorio de movilidad.
La segunda clave está en la talla. El casco debe quedar ajustado, pero no provocar dolor. Una comprobación sencilla consiste en colocarlo, abrocharlo y mover la cabeza de lado a lado. Si el casco se desplaza o “baila”, la talla es grande. Ante la duda entre dos medidas, lo recomendable es elegir la más ceñida, porque el acolchado interior suele ceder ligeramente con el uso.
- Medición correcta: cinta flexible por encima de las cejas, aproximadamente dos centímetros por encima, rodeando el punto más ancho de la parte posterior del cráneo.
- Comprobación dinámica: mover la cabeza y verificar que el casco acompaña el movimiento sin desplazarse.
- Cierre: siempre abrochado y ajustado; un casco suelto pierde buena parte de su eficacia.
- Etiqueta: buscar la “E”, el país de homologación y la norma europea vigente.
Los cascos también envejecen
Otro error frecuente es tratar el casco como si fuera una herramienta indefinida. No lo es. Los materiales de absorción de impactos, especialmente el EPS interior, se degradan con el tiempo, el uso, la humedad y los cambios de temperatura. Una referencia habitual del sector es sustituirlo cada 5 o 7 años, y hacerlo de inmediato si ha sufrido un golpe o una caída desde más de un metro.
Esto último importa incluso aunque el casco parezca intacto por fuera. La calota puede no mostrar una grieta clara, pero el interior puede haber absorbido energía y quedar comprometido para un segundo impacto. En seguridad pasiva, lo que no se ve también cuenta.
Adiós a las sandalias en moto: qué calzado escoger
La nueva norma prohíbe conducir motocicletas o ciclomotores con sandalias, chanclas o calzado abierto en cualquier tipo de vía. No se limita a carretera. También afectará a ciudad, donde precisamente más se relajaba esta costumbre en verano.
La obligación legal habla de calzado cerrado, no necesariamente de una bota técnica de circuito. Aun así, lo sensato es ir un paso más allá: zapatillas o botas que cubran por completo el pie y, si es posible, también el tobillo. El motivo es práctico. En una caída leve a baja velocidad, el pie puede rozar contra el asfalto, quedar atrapado bajo la moto o acercarse al escape.
| Uso | Mínimo legal | Recomendable |
|---|---|---|
| Ciudad | Calzado cerrado | Zapatilla cerrada resistente o bota ligera |
| Carretera | Calzado cerrado | Bota de moto con protección de tobillo |
| Verano | No chanclas ni sandalias | Modelo ventilado, cerrado y con suela firme |
La comodidad no está reñida con la seguridad. Hay calzado urbano específico para moto que parece una zapatilla normal, pero incorpora refuerzos en talón, puntera, maléolo y suela antitorsión. Para quien usa scooter a diario, puede ser la solución intermedia entre la chancla prohibida y la bota rígida de ruta.
Guantes en carretera: la norma técnica aún tiene una pieza pendiente
Los guantes serán obligatorios para conductor y pasajero en vías interurbanas. La DGT especifica que la exigencia de guantes homologados con características técnicas concretas quedará plenamente definida cuando se apruebe la orden ministerial correspondiente. Mientras tanto, se podrán utilizar guantes de protección de características como los actuales.
La referencia técnica más habitual para elegir bien es la certificación europea EN 13594. Tiene sentido: en una caída, la reacción instintiva es apoyar las manos. Por eso conviene buscar protecciones rígidas en nudillos, refuerzos en la palma y cobertura de muñeca. También deben permitir accionar freno, embrague, intermitentes y acelerador sin rigidez excesiva.
- Para verano: guantes ventilados, pero con refuerzos reales en palma y nudillos.
- Para invierno: aislamiento térmico sin perder tacto en las manetas.
- Para carretera: mejor caña media o larga, con cierre firme en la muñeca.
- Para pasajero: la obligación también le afecta en vías interurbanas.
Lo que conviene revisar antes de comprar
La compra correcta no empieza por el precio, sino por el uso. Un motorista urbano que hace trayectos de 15 minutos no necesita el mismo equipo que quien enlaza autovía, comarcal y lluvia. Pero ambos deberán cumplir el mínimo legal: casco homologado cuando corresponda, calzado cerrado y guantes en carretera.
La reforma también incluye otra medida relevante para motos: se permitirá circular por el arcén derecho cuando exista congestión, sin superar los 30 km/h y solo con señalización previa del tramo. No es vía libre para usar el arcén como carril extra. Es una excepción regulada, pensada para reducir riesgos en retenciones.
La lectura final es sencilla. La DGT endurece el equipamiento y el motorista tiene margen para anticiparse. No se trata de llenar el armario de accesorios, sino de acertar con tres piezas básicas: casco con etiqueta correcta, guantes útiles y calzado cerrado. Lo demás puede esperar; esto, no demasiado.















