En España, la edad de jubilación ordinaria se sitúa en los 65 años para quienes han cotizado al menos 38 años y 3 meses, y en 66 años y 10 meses para el resto. Sin embargo, una excepción legal permite a ciertos trabajadores retirarse a los 65 años con solo 15 cotizados y sin penalizaciones. Así lo explican desde la cuenta de TikTok de Compromiso Legal en un vídeo que desvela esta particularidad.
Estas son las personas que se pueden jubilar con 65 años de edad, solamente con 15 años cotizados y sin que se les aplique ningún tipo de penalización»
Dos jubilados se detienen a charlar en las empinadas escaleras del pueblo encalado de Torrox, Málaga.
Una ley anterior más beneficiosa
La clave se encuentra en las disposiciones transitorias de la Ley General de la Seguridad Social, que permiten aplicar la legislación anterior de 2011, más favorable para el trabajador. Desde el perfil de @compromisolegal, se aclara que «estas son las personas que se pueden jubilar con 65 años de edad, solamente con 15 años cotizados y sin que se les aplique ningún tipo de penalización».
Este beneficio no es universal y se aplica a dos grupos muy concretos. El primero incluye a las personas cuya relación laboral finalizó antes del 1 de abril de 2013 y que, desde entonces, no han vuelto a estar de alta en la Seguridad Social, ya sea por cuenta propia o ajena. El segundo grupo corresponde a los trabajadores que se vieron afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) aprobado antes de esa misma fecha.

Una pareja de jubilados saboreando churros al aire libre. La mujer moja el churro en chocolate caliente, creando un ambiente acogedor y tradicional. Un plato de churros.
Ventajas de la normativa de 2011
Para estos colectivos, la normativa de 2011 permite no solo la jubilación a los 65 años con 15 cotizados, sino también un cálculo de la pensión más ventajoso. La base reguladora se calcula sobre el promedio de los últimos 15 años de cotización, en lugar de los 25 años que exige la legislación actual. Esto contrasta con otras modalidades como la jubilación parcial, donde, como explica el abogado Ignacio Solsona, el trabajador debe suscribir un contrato de relevo.
Un matiz importante afecta a quienes sufrieron un ERE. Para este grupo, la ley es aún más flexible, ya que «no importa si han vuelto a trabajar posteriormente», pues pueden seguir acogiéndose a la disposición transitoria cuarta, punto cinco de la Ley General de la Seguridad Social. Existen otras casuísticas en las que se puede reducir la edad de jubilación debido a las condiciones de la actividad, pero este caso se rige por su propia especificidad.
Dada la complejidad de estas particularidades legales, desde Compromiso Legal se recomienda a los trabajadores que crean poder cumplir estos requisitos que soliciten un estudio de jubilación personalizado. Este análisis profesional es clave para verificar si realmente pueden acogerse a estas condiciones más ventajosas y planificar su retiro de la mejor manera posible.













