El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia de la Audiencia de Córdoba que condenó a ocho años de prisión a una persona por abuso sexual (con la nueva ley se trataría de agresión sexual) a su expareja y madre de su hijo a la que ató con unas bridas las manos para lograr su objetivo.
La sentencia recoge que los hechos ocurrieron en 2019 cuando el procesado acudió a la vivienda en la que vivían su expareja y el hijo de ambos para cenar.
Tras la cena y mientras dormían al menor el acusado le ató las manos a la espalda con una brida y le colocó el cinturón de un albornoz en el cuello del que tiraba para obligarla a cumplir sus deseos.
En el transcurso de los hechos cuando la víctima intentó resistirse a la agresión sexual la amenazó con que le haría lo mismo al hijo de ambos, si ella no consentía. La víctima, que manifestó desde el principio su oposición a las intenciones del procesado, presentó lesiones en las rodillas, las manos y el labio.
Además de a los ocho años de prisión, el procesado ha sido condenado a indemnizar a la víctima con diez mil euros, así como a mantenerse alejado de ella durante nueve años y a cinco años de libertad vigilada.













