El Gobierno definirá qué es un ‘fondo buitre’ tras llamar «pyme muy carroñera» a la empresa que cobra 500€ a Maricarmen

El Gobierno quiere cerrar la puerta de la vivienda a los llamados ‘fondos buitre‘. Pero antes tendrá que aclarar quién entra dentro de esa definición.

Una cuestión que para la ministra del ramo, Isabel Rodríguez, ha sido muy complicada de responder en la rueda de prensa del Consejo de Ministros en la que presentaba los dos reales decretos-ley con nuevas medidas de vivienda.

¿Y por qué complicada? Porque Rodríguez sólo se ha atrevido a decir que será una definición «muy rigurosa«, sin dar más detalles sobre cómo será.

Asegura, eso sí, que el objetivo es evitar prácticas especulativas y orientar la inversión hacia la vivienda pública y asequible.

Se busca, en definitiva, evitar que sigan «merodeando» en torno a la vivienda.

Es decir, para el Ejecutivo la idea es tratar de impedir que empresas como Urbagestión -propietaria del inmueble en el que vive Maricarmen, la anciana desahuciada la pasada semana- puedan comprar viviendas con fines especulativos.

El problema es que esta empresa se define, porque lo es, como una pyme y que además ha logrado ya un acuerdo con Maricarmen y el Ayuntamiento de Madrid para seguir viviendo en su casa por algo más de 500 euros en el centro de Madrid.

El borrador

A preguntas de los periodistas a Rodríguez no le ha quedado más remedio que reconocer que Urbagestión «en puridad no es un fondo», pero sí que la considera una «pyme buitre, muy carroñera».

Con este clima el sector inmobiliario está a la espera de ver cómo se define a los fondos que invierten en vivienda de alquiler, de modo que también se pueda incorporar a aquellas empresas que compren vivienda con fines especulativos.

No lo tiene fácil el Gobierno. La propia ministra de Vivienda ha reconocido que hay que seguir esperando porque la definición que aparecía en los primeros borradores no era válida.

¿Y qué decía? Que se consideraba ‘fondo buitre’ a todas las entidades que compren inmuebles o carteras de préstamos hipotecarios impagados por un precio claramente inferior a su valor de mercado.

Casa 47

También exige una finalidad concreta. La operación debe buscar una mayor rentabilidad mediante fuertes subidas del alquiler, una reventa a precios superiores o un cambio hacia usos no residenciales.

Sin embargo, esa parte del borrador todavía no estaba cerrada. El propio artículo aparecía este lunes bajo la advertencia «pendiente redacción final».

Lo que nadie había caído en ese redactado es que en esa definición se incluía también a ‘Casa 47‘, la empresa pública de vivienda que compra inmuebles para ponerlos en alquiler social.

Las dudas no se han limitado a la definición de ‘fondo buitre’. También han aparecido al intentar explicar otras medidas de los dos decretos-ley que el Consejo de Ministros acababa de aprobar.

Rodríguez ha tenido dificultades para concretar algunos de sus puntos durante la rueda de prensa. La propia ministra ha reconocido que tenía «un cacao» y, como no tenía delante la última versión de los textos, ha tenido que remitirse en varias ocasiones a su redacción definitiva.

«Tengo que revisar la última versión, que no la tengo aquí», ha respondido ante las preguntas de los periodistas. En otro momento ha admitido que tampoco tenía «la definición final de los textos».

La ministra ha pedido esperar a conocer los documentos definitivos para despejar todas las dudas. Una situación llamativa, ya que Rodríguez estaba explicando dos decretos-ley a los que el Consejo de Ministros acababa de dar luz verde, pero cuyos textos todavía no estaban cerrados.

Por tanto, habrá que esperar a la publicación definitiva de las normas para conocer su letra pequeña.

La diferencia será clave. La prohibición no sólo dependerá del tamaño o de la forma jurídica de la compañía. El Ejecutivo quiere poner el foco en el tipo de operaciones que realiza y en su finalidad.

El borrador ya apunta a la compra de inmuebles o deuda hipotecaria a precios muy inferiores a su valor para obtener después una mayor rentabilidad.

Y es que el caso de Urbagestión ya refleja precisamente el problema que tendrá que resolver esa definición.

El Gobierno tendrá ahora que trasladar esa idea al texto legal. Y, sobre todo, dejar claro qué requisitos tendrá que cumplir una empresa para quedar afectada por la nueva prohibición.

Una frontera que el Consejo de Ministros ha aprobado perseguir, pero que todavía falta por delimitar sobre el papel.

Dos decretos

La prohibición a estas empresas es sólo una parte del paquete aprobado. El primer decreto-ley también amplía hasta 2030 la protección frente a los desahucios de personas vulnerables y regula los alquileres de temporada y por habitaciones. Además, contempla una prórroga extraordinaria de dos años para determinados contratos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028, entre otras medidas.

El Gobierno ha optado por dividir las medidas en dos decretos-ley por temor a que la falta de apoyos a la medida estrella de Yolanda Díaz, los alquileres indefinidos, le tumben el resto del paquete.

Es precisamente eso lo que recoge el segundo decreto-ley, la renovación automática de los contratos de alquiler de vivienda habitual, una de las principales exigencias de Sumar.

El Ejecutivo ha pedido que ambos textos lleguen al Congreso este mismo viernes para someterlos a convalidación. La ministra espera que se aprueben de manera inminente, con la previsión de celebrar un pleno extraordinario ese día.

Todo ello llega después de que el caso de Maricarmen acelerara unas negociaciones que ya venían de meses atrás y, en varias ocasiones, acabaran en una misión fallida.

Por su parte, el acuerdo para que la mujer, conocida ya por toda España, regrese a la vivienda se cerró tras más de cuatro horas de reunión entre sus representantes y Urbagestión, con la mediación de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid.

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