Buenas noticias para la ‘U’: la Corte Superior dejó sin efecto la medida cautelar. Foto: Facebook Universitario
Las buenas noticias siguen llegando a Universitario de Deportes, y es que este martes 15 de septiembre el administrador del equipo ‘Merengue’, Franco Velazco, se dirigió a los hinchas de la ‘U’ para informar sobre una de las noticias más esperadas de las últimas semanas.
Luego de que un juez provisional otorgue una medida cautelar en favor de Gremco, levantando de forma temporal la suspensión del proceso concursal, Indecopi y el área legal de Universitario de Deportes presentaría un recurso de oposición, asegurando que el equipo ‘Crema’ se rige actualmente por un plan de viabilidad riguroso.
Por tal motivo, y luego de varias semanas, la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la oposición, por lo que la medida cautelar quedó sin efecto de manera definitiva, en lo que Franco Velazco a catalogado como un “Día importante para Universitario”.
Decisión de la Corte Superior de Justicia de Lima
Conforme a lo expuesto, habiéndose desvirtuado los presupuestos de verosimilitud del derecho, peligro en la demora y adecuación o razonabilidad de la medida cautelar, la suscrita encuentra razones suficientes para amparar las oposiciones a la ejecución de la medida cautelar formulada por el Club Universitario de Deportes y el Indecopi, al no subsistir la totalidad de requisitos que hacen viable la medida cautelar innovativa concedida; máxime si de conformidad con el artículo 612 del Código Procesal Civil: «Toda medida cautelar importa un prejuzgamiento y es provisoria, instrumental y variable».
En consecuencia, en atención a la fundamentación esbozada, esta judicatura, RESUELVE:
- DECLARAR FUNDADA la oposición contra la Resolución N.° 03, de 20 de agosto de 2026, formulada por el CLUB UNIVERSITARIO DE DEPORTES.
- DECLARAR FUNDADA la oposición contra la Resolución N.° 03, de 20 de agosto de 2026, formulada por el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL – INDECOPI.
- DECLARAR INFUNDADA la nulidad contra la Resolución N.° 03, de 20 de agosto de 2026, formulada por el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL – INDECOPI.
- DEJAR SIN EFECTO la RESOLUCIÓN N.° 03, de 20 de agosto de 2026, por la cual se concede la medida cautelar innovativa solicitada por GREMCO CORP S.A.C., y se ordena:
- DISPONER el levantamiento provisional de la suspensión del procedimiento concursal seguido respecto del Club Universitario de Deportes en el Expediente N°172-2011/CCO-INDECOPI a cargo de la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, restableciéndose su normal tramitación, hasta la emisión del pronunciamiento definitivo en el proceso principal.
- SUSPENDER provisionalmente los efectos de la Resolución N°9866-2021/CCO-INDECOPI de fecha 09 de agosto de 2021, de la Resolución N°168-2025/CCO-INDECOPI de fecha 14 de enero de 2025, y de la Resolución N°201-2026/SCO-INDECOPI de fecha 17 de febrero de 2026, en tanto se resuelva de manera definitiva la controversia materia del presente proceso.













