El juez archiva la querella que Errejón presentó contra Elisa Mouliaá por calumnias

Las claves

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El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella de Íñigo Errejón contra la actriz Elisa Mouliaá por supuestas calumnias.

La querella se basaba en un tuit donde Mouliáa afirmó que Errejón había extorsionado a dos testigos en una causa por presunta agresión sexual.

El juez considera que las expresiones de Mouliáa fueron críticas en sentido vulgar, no jurídico, y no constituyen delito de calumnias.

La resolución concluye que Mouliáa no imputó a Errejón actos delictivos concretos, por lo que se descarta el delito denunciado.

El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella que el exdiputado y exportavoz de Sumar, Íñigo Errejón, presentó contra la actriz Elisa Mouliaá por supuestas calumnias.

Así figura en una resolución, fechada este mismo miércoles y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

Errejón se querelló contra la intérprete después de que ésta afirmase públicamente que el expolítico había extorsionado a dos testigos de la causa judicial en el que el exdirigente está siendo investigado por una supuesta agresión sexual contra Mouliáa.

En concreto, en un tuit, la actriz indicó: «Errejón se negó a entregar su móvil [al juez Adolfo Carretero, quien le investigaba por agresión sexual] porque había extorsionado a dos de mis testigos».

¿Quiénes eran estos testigos? Dos examigos de la intérprete, quienes, en 2021, estuvieron presentes en la fiesta en la que, según Mouliáa, se produjo la presunta agresión en su contra.

Ante el juez Carretero, ambos testificaron que no observaron comportamientos que les hicieran pensar que se había producido una conducta sexual inadecuada.

Ahora, en la resolución de este miércoles, el magistrado Zamarriego, encargado de investigar las supuestas calumnias, llega a la «conclusión» de que éstas no existieron.

Así lo concluye tras analizar las «frases utilizadas» por Mouliaá y el «contexto en que se vierten», el cual le lleva a descartar el delito denunciado por el expolítico.

«En el presente caso no existe esa clase de imputación de un hecho concreto y falso que, de ser real, sería constitutivo de delito», indica el juez.

A sus ojos, el tuit de Mouliáa incluyó «expresiones utilizadas en sentido vulgar o popular, no jurídico y empleadas [por Mouliáa] como crítica al querellante [Errejón]».

«No cabe entender otra cosa distinta, pese a la expresión ‘extorsión’«, concluye Zamarriego, quien acuerda el sobreseimiento libre, al descartar rotundamente la existencia de un delito de calumnias.

«No se está imputando un delito de obstrucción a la Justicia (…), sino realizando, con mayor o menor acierto tanto en la forma como en el fondo, una crítica al querellante por no haber entregado su teléfono móvil y haberse puesto en contacto con dos testigos en un procedimiento judicial en el que la querellada se siente víctima de un delito de abusos sexuales», resume el juez.

«Por tanto, a mi juicio, es claro que la querellada [Elisa Mouliáa] no le atribuye actos o conductas delictivas concretas al querellante», señala el juez.

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