La nueva ayuda de la Generalitat Valenciana tras la DANA

La nueva ayuda para afectados por la DANA impulsada por la Generalitat Valenciana supone un refuerzo económico para las personas que continúan sin poder utilizar su vivienda habitual tras los daños provocados por el temporal. La medida forma parte del paquete de actuaciones desplegado por la administración autonómica para facilitar el acceso a una vivienda alternativa mientras se completan las reparaciones o se recuperan las condiciones de habitabilidad de los inmuebles afectados.

Según la información publicada por la Generalitat Valenciana en su portal oficial de ayudas y trámites, esta línea de apoyo económico está dirigida tanto a propietarios como a inquilinos cuya residencia habitual haya quedado inutilizable debido a los efectos de la DANA.

Una ayuda que puede superar los 11.000 euros por beneficiario

La subvención contempla una cuantía de hasta 800 euros mensuales para sufragar el alquiler de una vivienda alternativa. El objetivo es que las familias afectadas puedan disponer de un alojamiento seguro mientras no puedan regresar a su domicilio habitual.

La ayuda cubre inicialmente hasta 12 mensualidades de alquiler con un límite de 800 euros por cada una de ellas. Además, la Generalitat también permite incluir gastos vinculados al acceso a la vivienda arrendada.

  • Hasta 800 euros para la fianza.
  • Hasta 800 euros para garantías adicionales exigidas por el propietario.
  • Importes correspondientes a garajes y trasteros cuando estén incluidos en el contrato.

Esto significa que la cuantía total puede alcanzar el equivalente a 14 mensualidades de 800 euros, siempre que todos los conceptos estén debidamente justificados.

El requisito de los 30 kilómetros que puede dejar fuera a algunos solicitantes

Uno de los aspectos más relevantes de esta convocatoria es una condición que muchos afectados desconocen hasta revisar los detalles del procedimiento.

La Generalitat establece que la persona solicitante o cualquier integrante de la unidad de convivencia no puede disponer de otra vivienda habitable situada a menos de 30 kilómetros de la vivienda afectada.

La excepción se aplica cuando esa segunda vivienda también haya resultado dañada por la DANA y no pueda utilizarse con normalidad. En ese supuesto será necesario acreditar documentalmente dicha circunstancia.

Este requisito busca garantizar que las ayudas lleguen prioritariamente a quienes realmente carecen de una alternativa residencial cercana tras los daños ocasionados por el temporal.

Quién puede solicitar la ayuda

Pueden acceder a esta línea de apoyo las personas físicas que sean propietarias o arrendatarias de una vivienda habitual ubicada en alguno de los municipios afectados por la DANA.

Además, deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • Que la vivienda constituya la residencia habitual y permanente.
  • Que existan daños que impidan su uso seguro.
  • Que el inmueble haya sido objeto de una orden de desalojo o resulte inhabitable.
  • Que se acredite la situación mediante la documentación exigida.

Cómo acreditar los daños en la vivienda

La Generalitat permite justificar la existencia de daños mediante distintos procedimientos administrativos. Entre ellos se encuentran las actas notariales elaboradas para documentar las consecuencias del temporal.

Los afectados pueden obtener este tipo de acreditaciones a través del Portal Notarial del Ciudadano, donde se habilitaron mecanismos específicos para facilitar la gestión de los expedientes relacionados con la DANA.

Qué documentación hay que presentar

Uno de los aspectos más sencillos de esta convocatoria es el reducido volumen de documentación exigida en determinados supuestos.

Cuando la solicitud la presenta directamente el interesado, la administración verifica buena parte de la información mediante consultas internas autorizadas por el propio solicitante.

En caso de actuar mediante representante, sí será obligatorio aportar el correspondiente documento de autorización.

Además, durante la tramitación será necesario facilitar el número de cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda y autorizar la comprobación de los datos bancarios por parte de la Agencia Tributaria Valenciana.

Cuándo se cobra el dinero

La Generalitat ha previsto un sistema de pago anticipado para agilizar la llegada de los fondos a las familias afectadas.

Una vez registrada la solicitud y comprobados los requisitos básicos, la administración tramita un anticipo equivalente al 30% del importe total de la ayuda solicitada.

En la práctica, esta cantidad puede alcanzar los 3.360 euros en el primer abono para aquellos expedientes que contemplen la cuantía máxima prevista.

Posteriormente, los pagos se ajustarán en función de los justificantes y recibos aportados por el beneficiario.

Qué ocurre si el alquiler es inferior a 800 euros

No todas las viviendas arrendadas tienen una renta mensual de 800 euros. Por ello, la normativa contempla una revisión posterior de las cantidades concedidas.

Cuando el importe del alquiler sea inferior al máximo subvencionable, la administración recalculará la ayuda correspondiente una vez revisados el contrato y los justificantes de pago.

Los siguientes abonos se adaptarán entonces al gasto real soportado por el beneficiario.

Compatibilidad con otras ayudas al alquiler

La Generalitat Valenciana también ha aclarado que esta medida puede compatibilizarse con otras subvenciones destinadas al alquiler de vivienda.

Entre ellas figura la ayuda general al alquiler convocada periódicamente por la administración autonómica. No obstante, existe un límite importante: la suma de todas las ayudas recibidas no podrá superar el coste total efectivamente abonado por el arrendamiento.

Dónde presentar la solicitud

Los interesados disponen de dos vías para tramitar la ayuda:

  • Presentación telemática mediante la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
  • Presentación presencial en los registros habilitados del Servicio Territorial de Vivienda de Valencia y otros puntos autorizados.

Además, la vivienda alquilada no tiene por qué encontrarse en el mismo municipio donde estaba situada la vivienda afectada por la DANA. La normativa permite trasladarse a otra localidad siempre que se cumplan el resto de condiciones exigidas.

La nueva ayuda para afectados por la DANA representa una de las principales medidas de apoyo habitacional activadas por la Generalitat Valenciana para las familias que todavía sufren las consecuencias del temporal. Con subvenciones que pueden superar los 11.000 euros y un sistema de pago anticipado, la administración busca facilitar una solución residencial mientras continúan los procesos de recuperación de las viviendas dañadas.

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