El pasado 21 de mayo finalizó el plazo que tenían los Estados miembros de la Unión Europea para incorporar a su legislación nacional la nueva Directiva Penal Ambiental, una norma aprobada en 2024 y que endurece la persecución de los delitos de tipo ecológico. Fue una iniciativa saludada desde el movimiento conservacionista, pues permitirá perseguir más acciones que hasta ahora no eran delictivas y, además, eleva las sanciones a los infractores. Sin embargo, España todavía no ha adaptado su marco jurídico a esta norma europea.
La nueva directiva actualiza por completo el marco legal vigente desde 2008 y obliga a los países a endurecer la persecución penal de conductas como la contaminación grave, el tráfico ilegal de residuos, la destrucción de hábitats o los delitos ambientales cometidos por empresas. También exige mejorar la coordinación entre administraciones y entre países, así como reforzar los mecanismos de investigación y sanción.
Solo una pequeña parte de los delitos contra el medio ambiente llega a juicio en España / Agencias
Entidades como WWF han lamentado este incumplimiento y consideran “especialmente grave que España incumpla precisamente la primera obligación que establece esta directiva: incorporarla a tiempo al ordenamiento jurídico nacional”. Para Laura Moreno, responsable del programa de especies de WWF, este retraso demuestra que “la protección del medio ambiente no puede quedarse en declaraciones políticas”.
Tercera actividad criminal en el mundo
Los delitos ambientales se han convertido ya en la tercera actividad criminal más lucrativa del mundo y generan enormes impactos ecológicos, sociales y económicos. En el caso de los delitos contra la vida silvestre, están acelerando la pérdida de biodiversidad y empujando a numerosas especies al borde de la extinción en un contexto de creciente presión sobre los ecosistemas europeos.
Aunque España cuenta con herramientas pioneras para combatir determinados delitos ambientales —como el trabajo del Seprona de la Guardia Civil, los agentes ambientales o la Fiscalía de Medio Ambiente— lo cierto es que, según WWF, “seguimos infravalorando este tipo de criminalidad y tratándola con demasiada frecuencia como una infracción menor. La falta de juzgados especializados, la dispersión de competencias y la ausencia de una base de datos estatal unificada dificultan una investigación eficaz y favorecen la impunidad”.
El 93% de los casos sobre fauna no llegan a juicio
Los datos reflejan esta situación. Según las investigaciones de esta entidad, de los 4.902 casos de crímenes contra fauna protegida registrados en España, solo 327 terminaron en sentencia judicial. Es decir, el 93% de los casos no llegaron a ser juzgados.

Una jineta en una jaula, durante un operativo del Seprona / Guardia Civil
La nueva Directiva Penal Ambiental, además de endurecer las sanciones y ampliar el catálogo de delitos perseguibles, obliga a los Estados miembros a aprobar estrategias nacionales específicas contra la delincuencia ambiental y a dotar de más recursos humanos, técnicos y financieros a las autoridades encargadas de combatirla.
En estos momentos, España aún tiene pendiente de acometer acciones clave, como actualizar el catálogo de conductas consideradas delito ambiental, reforzar la responsabilidad penal de las empresas implicadas en daños ambientales, aprobar una Estrategia nacional contra la delincuencia ambiental y mejorar la coordinación entre fiscalías, fuerzas de seguridad y administraciones implicadas, así como reforzar los juzgados en materia ambiental.
WWF recuerda que el incumplimiento de los plazos de transposición puede derivar en procedimientos de infracción por parte de la Comisión Europea.














