La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha rechazado el último recurso con el que el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán pretendía corregir la instrucción del juez Leopoldo Puente. En su auto, los magistrados de la Sala Segunda califican de «despropósito» su petición de cualquier paso dado por el instructor requiera cursar suplicatorios al Congreso de los Diputados, del que el expolítico socialista formaba parte.
«Resulta un despropósito, sobre todo si proyectamos esa tesis a asuntos como este, pensar que cada vez que surge una cuestión nueva que puede dar lugar a otra imputación que necesariamente estará vinculada al objeto procesal, será procedente un nuevo suplicatorio», afirma la resolución a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.
Los magistrados Antonio del Moral, Pablo Llarena y José Manuel Berdugo argumentan que «eso no guarda congruencia con el fundamento constitucional de la institución», porque no está prevista «una supervisión del legislativo sobre el judicial». Añade que «autorizado el seguimiento de un proceso contra un diputado o senador, queda conjurado el peligro de que la composición de la Cámara quede alterada por una actuación precipitada o una injerencia desde el poder judicial».
«No es necesario que se autorice cada actuación o cada nueva imputación cuando está razonablemente comprendida en la inicial autorización. Como refiere el fiscal al impugnar el recurso, los términos en que se solicitó el suplicatorio, además, son suficientemente amplios», ha señalado la resolución.
El auto, que rechaza todas las demás alegaciones de Santos Cerdán, deja la puerta abierta a que vuelva a plantearlas «con mayor potencial persuasivo» ante el tribunal «en momentos procesales ulteriores, específicamente habilitados para este tipo de cuestiones».
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