El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la revocación de las licencias de armas tipo «E» y «D» de un cazador, tras constatarse reiteradas infracciones en el ejercicio de la actividad cinegética. La resolución judicial se apoya en antecedentes que reflejan un comportamiento incompatible con la normativa vigente, especialmente en lo relativo al uso responsable de armas de fuego.
Uno de los hechos más relevantes fue la intervención de una patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de Benavente en diciembre de 2022. Durante el operativo, los agentes sorprendieron al cazador portando un rifle con un cargador de capacidad superior a la permitida —cuatro cartuchos metálicos— y una escopeta sin la documentación reglamentaria. Además, el individuo no presentó la tarjeta del coto de caza en el que se encontraba, lo que constituyó una infracción grave a la normativa cinegética.
A estos hechos se suma una denuncia anterior, fechada el 22 de marzo de 2019, en la que se evidenció la práctica de caza en un día no habilitado, sin autorización del coto ni guía del arma. Estas conductas reiteradas fueron consideradas por la autoridad competente como indicativas de una falta de idoneidad para la tenencia de armas, lo que motivó la revocación de los permisos por razones de seguridad ciudadana.
La legislación vigente establece que la tenencia de armas está condicionada al cumplimiento de requisitos psicofísicos, de conducta y de dedicación real a la actividad cinegética o deportiva. En este caso, el tribunal valoró que la reiteración de infracciones y la ausencia de documentación adecuada constituyen un riesgo para el interés general, justificando así la retirada de las licencias.
La sentencia subraya que la revocación de la autorización para este tipo de armas no constituye una sanción penal, sino una medida de control administrativo orientada a garantizar que los titulares de armas mantengan las condiciones exigidas durante toda la vigencia de sus autorizaciones.
El tribunal reafirma que la autoridad gubernativa dispone de una amplia facultad para valorar las circunstancias concurrentes, siempre bajo el principio de motivación y control judicial.















