El abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo, conocido por su cuenta de TikTok @empleado_informado, ha lanzado un aviso clave para todos los trabajadores. A través de un vídeo que se ha popularizado en la red social, el experto advierte de que «a partir del 1 de septiembre de 2026, la administración se va a comunicar con los trabajadores a través de su sede electrónica«, eliminando el papel en todas sus comunicaciones. Esta modificación afecta especialmente a quienes estén de baja o tramitando una incapacidad.
Esta información es totalmente correcta y oficial, ya que la medida está regulada por la Orden ISM/541/2026 y ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objetivo de la Seguridad Social es agilizar los trámites burocráticos y evitar los retrasos o extravíos asociados al correo postal tradicional. Con este cambio, la responsabilidad de consultar las notificaciones recae directamente en el ciudadano.
A quién afecta la medida
La obligatoriedad de recibir las notificaciones exclusivamente en formato digital se aplica a un colectivo específico de personas físicas. En concreto, deberán adaptarse a este nuevo sistema quienes soliciten o perciban una prestación por incapacidad temporal (baja médica), aquellos que estén inmersos en un procedimiento de incapacidad permanente, o quienes vayan a recibir comunicaciones sobre lesiones permanentes no incapacitantes.
Cómo funcionará el nuevo sistema de notificaciones
El proceso de comunicación digital se realizará en dos pasos. Primero, la Seguridad Social enviará un aviso informativo mediante SMS o correo electrónico al trabajador, pero este mensaje no sustituye a la notificación oficial. Para acceder al documento con validez legal, ya sea una citación, un requerimiento o una resolución, el usuario deberá acceder obligatoriamente a la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
A partir del 1 de septiembre la Seguridad Social, si estás de baja o estás tramitando una incapacidad, se va a comunicar con los trabajadores a través de su sede electrónica»
Una persona de baja laboral en su casa
Para poder identificarse y leer las notificaciones, es imprescindible contar con métodos de acceso como Cl@ve (Permanente o PIN), DNI electrónico o certificado digital. El abogado Benito Barrionuevo subraya la importancia de disponer de estas herramientas, ya que «todas estas comunicaciones están sujetas a plazo, como que tú puedas recurrirlo o puedas hacer otra solicitud». No tener acceso puede implicar la pérdida de derechos.
Es de vital importancia mantener los datos de contacto actualizados en la base de datos de la Seguridad Social. Si la administración pone a disposición una notificación y el trabajador no la abre en un plazo de 10 días naturales, esta se considerará legalmente rechazada y el procedimiento continuará su curso. Esto puede acarrear consecuencias graves, como la pérdida de prestaciones, la inasistencia a un tribunal médico o sanciones administrativas.
Si no lo haces es posible que este plazo pase y ya no tengas vía de actuación ante este tipo de circunstancias»

Una persona está de baja laboral en su casa mientras revisa un papel en el que viene indicada su nómina de la empresa
Este cambio normativo se produce en un contexto de debate sobre las condiciones laborales. Mientras se discute si «se reduce la jornada a 32 horas efectivas de trabajo», la gestión del absentismo sigue siendo un reto. Algunos análisis apuntan a que, como ya ocurre en «66 convenios de empresa que retribuyen la baja igual que el salario», la compensación económica puede influir en la duración de las incapacidades.
Excepciones para la brecha digital
Para no dejar atrás a quienes sufren la brecha digital o carecen de las competencias tecnológicas necesarias, la normativa contempla una excepción. En estos casos, los ciudadanos podrán seguir recibiendo atención de forma presencial acudiendo a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), garantizando así el acceso a los servicios.










