El asesor financiero Víctor Pulido, a través de su cuenta de TikTok @victorpulido.finanzas, ha detallado en un vídeo una ayuda de 525 euros que ofrece la Seguridad Social para aquellas personas que reciben una pensión no contributiva y viven de alquiler. Pulido destaca que «es un único pago de 525 € pero se puede compatibilizar con cualquier otra ayuda de alquiler», una de las claves de esta subvención.
Se puede compatibilizar con cualquier otra ayuda de alquiler»
Un cartel de se alquila en una ventana de una vivienda
Detrás de la cuenta de TikTok se encuentra el creador de contenido y asesor financiero Víctor Pulido. El complemento, gestionado por el Imserso y las Comunidades Autónomas, consiste en un pago único anual de 525 euros. Esta ayuda estatal está diseñada para pensionistas de jubilación o invalidez en su modalidad no contributiva (PNC) que no tienen una vivienda en propiedad.
Requisitos obligatorios
Para acceder a este pago, es imprescindible cumplir con una serie de condiciones estrictas. El solicitante debe tener reconocida una pensión no contributiva de la Seguridad Social, carecer de vivienda en propiedad y ser el titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
Además, el contrato de alquiler debe tener una vigencia mínima de un año y el beneficiario tiene que haber residido en esa vivienda de forma continuada durante al menos 180 días antes de la solicitud. Pulido también subraya que «es muy importante también tener en cuenta que no podrás tener relación familiar con el arrendador ni tener vivienda en propiedad«.
Es muy importante también tener en cuenta que no podrás tener relación familiar con el arrendador ni tener vivienda en propiedad»

Un cartel de se alquila en una ventana de una vivienda
La normativa también establece un límite por domicilio. Si en una misma vivienda alquilada conviven dos o más personas con pensión no contributiva, solo el titular principal del contrato podrá recibir el complemento. Esta ayuda busca aliviar la carga del alquiler en un contexto de incertidumbre, donde muchas familias no consiguen independizarse por los altos precios.
Plazos y forma de cobro
El plazo de solicitud permanece abierto durante todo el año, finalizando el 31 de diciembre para el ejercicio en curso, como recuerda el comunicador: «Así que corre hasta el 31 de diciembre puedes solicitar». El abono se realiza mediante un ingreso único en la misma cuenta bancaria donde el beneficiario recibe su pensión mensual.
Es importante destacar que solicitar este complemento es un derecho complementario, por lo que no existe ningún riesgo de perder tu pensión mensual. Esta medida de apoyo es crucial en un momento en que el acceso a la vivienda se ha convertido en un problema estructural, llevando a situaciones como la de personas que con 37 años siguen compartiendo piso.
Cómo solicitar la ayuda
La gestión de esta ayuda está transferida a los servicios sociales de cada Comunidad Autónoma. Los interesados pueden tramitarla tanto de forma presencial, solicitando cita previa, como a través de las sedes electrónicas correspondientes de su región.
Por ejemplo, los residentes en Madrid deben acudir a la web de la Comunidad de Madrid, mientras que en Cataluña el trámite se realiza en la página de Gencat. En Andalucía, la gestión corresponde a la Consejería de Inclusión Social de la Junta de Andalucía. Para el resto de regiones, se puede consultar el mapa de accesos en el portal oficial del Imserso.












