Publicar el parte de baja médica de un trabajador en un grupo de WhatsApp puede tener importantes consecuencias legales, aunque pensemos que se trata de un detalle menor.
Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Castilla y León, que ha ratificado la condena a una empresa obligándola a indemnizar con 6.000 euros a un empleado después de difundir información privada sobre su estado de salud y someterle a insultos y maltrato psicológico durante la relación laboral.
El trabajador, que prestaba servicios como repartidor desde abril de 2023, ya había reclamado diferencias salariales al desempeñar funciones superiores a las recogidas en su contrato.
Según se recoge en la sentencia, también sufrió comentarios vejatorios, humillaciones e insultos delante de otros compañeros, una situación que terminó agravándose cuando la empresa publicó su parte de baja médica en un grupo de WhsatsApp de la plantilla.
Aunque el documento fue eliminado poco después, el empleado presentó su baja voluntaria semanas más tarde y acudió a tratamiento psiquiátrico tras el deterioro que había sufrido.
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El Juzgado de lo Social número 1 de Ávila declaró vulnerados sus derechos fundamentales al honor, la intimidad y la dignidad, condenando a la empresa a pagar una indemnización de 6.000 euros.
La compañía recurrió alegando que se trató de un hecho aislado y que la difusión apenas tuvo impacto, además de considerar excesiva la cuantía.
Sin embargo, el Tribunal Superior rechazó todos los argumentos. Los magistrados recuerdan que divulgar datos médicos sin consentimiento supone una vulneración de la intimidad y de la normativa de protección de datos, ya que la información relativa a la salud goza de una protección especialmente reforzada.













