Las olas de calor han dejado de ser episodios puntuales en España para convertirse en fenómenos cada vez más frecuentes, intensos y prolongados. Con temperaturas que superan con facilidad los 40 grados durante el verano, el nuevo escenario climático está forzando cambios en la vida cotidiana y, especialmente, en sectores laborales expuestos como la hostelería.
En este contexto, sindicatos y patronales han dado un paso clave. FeSMC-UGT, CCOO Servicios, Hostelería de España y CEHAT firmaron el pasado 13 de abril la modificación del VI Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), con el objetivo de adaptar el marco regulador a una realidad climática cada vez más adversa.
El acuerdo supone un cambio relevante al introducir obligaciones legales específicas para proteger la salud de los trabajadores frente a fenómenos extremos. No se trata solo de recomendaciones, sino de medidas que deben integrarse en los planes de prevención de riesgos laborales de bares, restaurantes y hoteles.
Las solicitudes para instalar terrazas se disparan con la llegada del buen tiempo. / EL PERIÓDICO
Cierre de terrazas y reducción de actividad en alertas
Uno de los puntos más destacados es la gestión de las alertas meteorológicas emitidas por la Aemet. A partir de ahora, las empresas deberán evaluar si se puede trabajar con seguridad durante episodios de calor extremo, lluvias intensas, nevadas o inundaciones.
En situaciones de alerta naranja o roja, los negocios estarán obligados a reducir la actividad o incluso suspenderla temporalmente si existe riesgo grave para la salud. Esto afecta especialmente a las terrazas de los establecimientos durante el verano, uno de los espacios más expuestos.
Así, si una terraza no dispone de sombra suficiente, ventilación o sistemas de refrigeración, no podrá prestar servicio durante las horas más críticas del día. En la práctica, esto implicará su cierre temporal mientras duren las condiciones adversas, aunque el interior del local pueda seguir funcionando con normalidad.
Medidas preventivas antes del cierre
Antes de llegar a la suspensión total, la normativa contempla alternativas. Entre ellas, adaptar los horarios para evitar las horas centrales (entre las 13:00 y las 18:00), reorganizar turnos o limitar el tiempo de exposición de los trabajadores al calor.

La ola de calor son cada vez más frecuentes en nuestro país. / EP
También se obliga a los establecimientos a facilitar agua fría, ropa transpirable y descansos adecuados, además de identificar los puestos más vulnerables, como camareros de terraza, cocineros o repartidores.
Estas medidas forman parte de un enfoque más amplio que incluye planes específicos ante riesgos climáticos y catástrofes naturales, como danas o grandes nevadas, consolidando un modelo preventivo más completo en el sector.
Sanciones y respaldo legal al trabajador
El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones importantes por parte de la Inspección de Trabajo, especialmente si se obliga a trabajar bajo condiciones peligrosas durante alertas oficiales. En los casos más graves, las multas pueden superar los 50.000 euros.
Además, el nuevo acuerdo refuerza un aspecto clave: el trabajador tiene respaldo legal para negarse a realizar tareas que pongan en riesgo su salud o su vida, como atender una terraza bajo temperaturas extremas sin medidas de protección.
En definitiva, la modificación del ALEH marca un antes y un después en la hostelería española, al reconocer que el cambio climático ya no es una amenaza futura, sino una realidad presente que exige adaptaciones inmediatas para garantizar la seguridad laboral.













