Se acerca la fecha en la que comenzará la campaña de la declaración de la Renta 2025. El próximo 8 de abril los contribuyentes de nuestro país tendremos que regularizar ante Hacienda el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, el IRPF. A través de ella se declara lo ganado durante el año, las retenciones ya soportadas y las deducciones que puedan aplicarse para calcular si la declaración te sale a pagar o a devolver.
En España, este impuesto no depende solo de la normativa estatal, porque una parte está cedida a las comunidades autónomas, que pueden aprobar su propia escala y también sus propias deducciones en determinados supuestos. Por eso, cuando se habla de los tramos de la renta conviene distinguir entre el tramo estatal y el tramo autonómico.
Para consultar todas las deducciones autonómicas disponibles en la Comunidad Valenciana, la mejor forma de hacerlo es consultando la página oficial de la Agencia Tributaria e ir a Manuales Prácticos de la Agencia Tributaria. Una vez dentro, abre el Tomo 2 correspondiente a las deducciones autonómicas, donde podrás ver un listado completo y detallado de todas las deducciones específicas que puedes aplicar si resides en la Comunidad Valenciana, como por ejemplo, las dirigidas a personas afectadas por la dana.
Eso sí, debes tener en cuenta que cada una tiene una serie de requisitos que debes cumplir para que se te pueda aplicar la deducción.
Deducciones familiares en la Comunidad Valenciana
En este manual oficial aparecen deducciones por motivos muy diversos. Por ejemplo, hay deducciones familiares, como las aplicables por nacimiento, adopción o acogimiento familiar, por familias numerosas o monoparentales, por tener hijos con discapacidad, o por conciliar la vida laboral y familiar. También existen deducciones por el gasto en guarderías o centros infantiles para menores de tres años, así como por tener a cargo ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 con discapacidad.
Deduccciones por vivienda en la Comunidad Valenciana
En el ámbito de la vivienda también hay deducciones disponibles en la Comunidad Valenciana. Por ejemplo, puedes beneficiarte si eres menor de 35 años y has comprado tu primera vivienda habitual, si has realizado obras de mejora, accesibilidad o eficiencia energética, o si has invertido en instalaciones de autoconsumo eléctrico con energías renovables. También puedes deducir parte del gasto si vives de alquiler, tanto si es tu residencia habitual como si lo haces por trabajo en un municipio distinto.
Igualmente, si has obtenido rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunidad y por por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad.
El ahorro energético te puede ayudar a ahorrar en la declaración de la renta / INFORMACIÓN
Deducciones sociales en la Comunidad Valenciana
El catálogo de la Comunidad Valenciana también incluye deducciones sociales y solidarias, como las que se aplican por realizar donaciones destinadas a la conservación del patrimonio cultural valenciano, por el fomento de la lengua valenciana, por donaciones de uso o comodatos para fines de carácter cultural, científico o deportivo, por donaciones con finalidad ecológica o por cantidades destinadas a abonos culturales. Y también por la financiación de proyectos de investigación científica o sanitaria, especialmente vinculados a la lucha contra el Covid-19.
Otras deducciones en la Comunidad Valenciana
Otras deducciones disponibles son:
- Por contribuyentes con dos o más descendientes
- Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual
- Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual, efectuadas en el período
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015
- Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020, de 8 de junio
- Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación
- Por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento
- Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados
- Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud
- Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19
- Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19











