Peinado acusa a Begoña Gómez de recurrir a «su sola condición de ‘esposa de'» para su lucro y «proyección negocial»

El juez Juan Carlos Peinado considera que los negocios privados de Begoña Gómez, por los que previsiblemente será juzgada, «tenían potencial de explotación económica ulterior».

El magistrado atribuye «proyección negocial» a la actividad profesional que Gómez comenzó a desarrollar desde que su marido, Pedro Sánchez, se convirtió en presidente del Gobierno.

Es decir, Peinado considera que la mujer del jefe del Ejecutivo aprovechó que ambos se convirtieron en inquilinos del Palacio de la Moncloa para tratar de asegurarse un beneficio económico futuro.

De acuerdo con Peinado, para acceder a estos negocios, Gómez se habría valido para ello de «su sola condición de esposa de«. Así, con estas mismas palabras, lo relata el juez en la resolución, fechada el pasado viernes, en la que 

¿Cuáles? Tráfico de influencias, corrupción en los negocios privados, malversación y apropiación indebida

La estrategia de Begoña Gómez, según el juez, habría tenido como núcleo central la cátedra universitaria que ésta co-dirigió, entre 2020 y 2024, en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Y el Palacio de la Moncloa habría sido, de acuerdo con Peinado, su centro de negocios.

De hecho, allí fue donde, hace seis años, Gómez citó a Joaquín Goyache, rector de la UCM. Al poco, esta universidad pública creó una nueva cátedra extraordinaria para que fuese co-dirigida por Gómez, quien no tenía siquiera licenciatura (lo cual no es una condición indispensable, pero su ausencia sí es poco frecuente).

«Esa secuencia permite sostener que la infraestructura, la financiación y la legitimación institucional obtenidas en la fase universitaria tenían potencial de explotación económica ulterior», señala Peinado.

El juez también subraya que, en 2020, Gómez recibió la colaboración, para definir los contenidos de su futura cátedra, de Juan Carlos Barrabés, también investigado en el llamado caso Begoña.

Y, en fechas cercanas, la esposa de Sánchez firmó dos cartas de apoyo en favor de las empresas del Grupo Barrabés, que fueron aportadas a sendos procesos de licitación pública.

Asimismo, Peinado concluye que la esposa de Pedro Sánchez pudo usar la cátedra como «fachada» para recibir «retribuciones encubiertas» por parte de las empresas que la financiaban, .

¿A cambio de qué? De «futuras ventajas privadas o comerciales indebidas». Todo ello, gracias al estatus de presidente del Gobierno que tiene Pedro Sánchez y a la condición de inquilina del Palacio de la Moncloa de Gómez.

El juez, en su resolución del pasado viernes, advierte: algunas de las empresas que colaboraron con la cátedra «se presentan a numerosos procesos públicos de adjudicación».

Así las cosas, de la lectura del auto firmado por Peinado, se desprende la tesis de que Gómez, a partir de 2020, comenzó a planear una vía de ingresos futura.

Tanto es así, que el magistrado también destaca que la esposa de Sánchez registró, en una web de su propiedad, un software muy similar al desarrollado, con recursos de la UCM y gracias a varias empresas, que sufragaron altruistamente su creación con miles de euros

Aunque la herramienta, dirigida a las pymes (pequeñas y medianas empresas), era accesible de forma gratuita, Peinado sí percibe «ánimo de lucro» en el hecho de que la esposa de Sánchez registrase a nombre de una empresa de su propiedad el dominio web donde se alojaba el sofware. De ahí que le atribuya un supuesto delito de apropiación indebida.

De hecho, la herramienta digital permitía a las pymes analizar su cumplimiento de parámetros de sostenibilidad y desarrollo sostenible, brindándoles la posibilidad de obtener un informe al respecto, un documento que puede facilitar el acceso a financiación tanto pública como privada.

Por todo ello, el juez concluye que la cátedra que Gómez co-dirigió hasta 2024 —año en el que, ya estando investigada, la UCM no la renovó— «sirvió como medio de desarrollo profesional privado» para ella, «quien, además, recibió una remuneración por dicha actividad».

Y en dicho propósito, según concluye el juez, colaboró de forma «continua» Cristina Álvarez. Esta mujer es la principal asesora en Moncloa de Gómez. Y, pese a cobrar un sueldo público, realizó tareas en beneficio de los negocios privados de la esposa de Sánchez.

El juez también lo destaca en su auto. Subraya que Álvarez se encargó de «gestiones del proyecto». Incluso, de «la remisión de correos electrónicos desde el correo institucional» que tenía como directora de Programas de la Presidencia del Gobierno.

EL ESPAÑOL desveló uno de los e-mails enviados por Álvarez a una empresa. El 8 de febrero de 2024, se dirigió a la empresa Reale Seguros para instar a la compañía a seguir financiando la cátedra.

Como consta en el correo, la asistente de Gómez lo hizo en nombre de ésta. «Me dice Begoña que te traslade que le encantaría que sigáis como patronos de la Cátedra, aunque sea con una cantidad inferior«, escribió.

Tráfico de influencias

En la resolución, Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, menciona que Begoña Gómez habría cometido un delito de tráfico de influencias al valerse de su posición de esposa de Pedro Sánchez y de inquilina del Palacio de la Moncloa.

Ello le había dado acceso «a interlocuciones institucionalmente excepcionales» de cara a la creación de la mencionada cátedra.

Sobre el supuesto delito de tráfico de influencias que habría cometido Begoña Gómez, Peinado indica que, «por mucho que se busque en la jurisprudencia, (…) no podrá hallarse un supuesto de similares características» al aquí investigado.

«Las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas; por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado. (…) Quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII«, añade.

¿Cómo se creó esta cátedra? En su resolución, Peinado subraya que el rector de la UCM, Joaquín Goyache, fue invitado por Gómez a una reunión al Palacio de la Moncloa.

Goyache declaró ante el juez sólo la conocía por la prensa, dado que era «la mujer del señor presidente del Gobierno».

Tras aquella cita, el rector encargó al ya exvicerrector Juan Carlos Doadrio la creación de una cátedra para Gómez. Así lo declaró Doadrio como testigo: «Me llama y me dice que tengo que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente».

«La ocultación del rector al señor Doadrio de esta reunión en la Moncloa evidencia una presión, de naturaleza jerárquica», considera Peinado, que resalta «la rapidez con la que fue tramitada» la petición.

Plazo de 5 días

Así las cosas, ahora, Peinado da un plazo de cinco días a las acusaciones populares del caso Begoña (lideradas por Hazte Oír) para que presenten su escrito de acusación o, por contra, soliciten el archivo de la causa, como es probable que haga la Fiscalía.

Si las acciones populares piden que se celebre un juicio, Peinado, posteriormente, dictará el correspondiente auto de apertura de juicio oral, lo que enviará a Gómez al banquillo de los acusados.

Si eso sucede, Gómez se enfrentará a un jurado popular, compuesto por nueve ciudadanos legos en Derecho, quienes decidirán sobre su inocencia o culpabilidad.

En su resolución, Peinado considera que existe «conexidad delictiva» entre los cuatro delitos que atribuye a Gómez.

La Ley del Jurado enumero qué ilícitos penales deben ser enjuiciados mediante esta figura. La malversación, cuando aparece por separado, es uno de ellos.

Ahora bien, en esta ocasión, Peinado considera que todos los delitos deben ser juzgados conjuntamente. «Enjuiciarlos por separado supondría mayor complejidad y dilación. En el presente caso, existe relación funcional entre los delitos objeto de investigación, pues uno, el tráfico de influencias, lo es para perpetrar o
facilitar la ejecución de los otros», razona.

«Si se instruyeran o juzgaran por separado, se rompería la continencia de la causa», concluye.

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