La Conselleria de Sanidad va a reorganizar el modelo de Atención Primaria mediante un decreto que regulará su estructura, organización y funcionamiento. Este decreto plantea la implantación de procedimientos normalizados de gestión compartida de la demanda y la puesta en marcha de la denominada guía de intervención enfermera en procesos agudos, con el objetivo de mejorar el acceso de la población a los centros de salud.
Según denuncia el Colegio Oficial de Enfermería de Alicante, a la hora de elaborar esta guía no se ha tenido en cuenta la realidad profesional ni competencial de las enfermeras y enfermeros, «como demuestra el elevado número de consultas y quejas recibidas. Además, su aplicación total o parcial en algunos departamentos de salud resulta incoherente y carente de justificación, circunstancia ante la que esta organización colegial manifiesta su total desacuerdo».
Riesgos para el paciente
El documento, considera la entidad, no proporciona seguridad jurídica ni garantiza adecuadamente la responsabilidad civil de los profesionales, «incrementa la carga asistencial enfermera sin dotarla de los recursos necesarios, limita el desarrollo de la atención comunitaria, preventiva y promotora de la salud, y puede generar riesgos para la seguridad del paciente».
Desde el Colegio de Enfermería de Alicante se recuerda que esta guía no constituye una norma jurídica ni contiene exigencia legal alguna que implique su implantación inmediata, sino que se trata de una guía de procesos con carácter orientativo. Su elaboración se ha realizado sin la participación de la Organización Colegial de Enfermería, ni a nivel autonómico ni provincial.
Para que las actuaciones previstas en este documento pudieran convertirse en obligaciones exigibles al colectivo enfermero, «sería necesario que contaran con las correspondientes órdenes, resoluciones o instrucciones dictadas por la autoridad competente, debidamente publicadas y sometidas a los principios de publicidad y transparencia».
Dudas legales
La entidad manifiesta sus dudas legales sobre la posibilidad de que las actuaciones contempladas en la guía puedan ser asumidas por los profesionales de Enfermería de Atención Primaria, debido a la vigencia del Estatuto del Personal Sanitario no Facultativo de 1973, «que regula las funciones enfermeras de forma claramente obsoleta pero plenamente aplicable. Esta normativa genera una grave inseguridad jurídica incompatible con una práctica profesional responsable y segura».
La guía, añaden, exige en numerosas situaciones la valoración de sintomatología y la realización de diagnósticos provisionales de patologías, «competencias que exceden el rol profesional enfermero y que no forman parte de los planes de estudio universitarios. A ello se suman limitaciones legales en materia de diagnóstico médico y una capacidad de prescripción inexistente o muy limitada, lo que puede provocar un efecto contrario al pretendido, duplicando consultas y aumentando la carga asistencial».
Más allá de las dudas legales, existen serias preocupaciones en el colectivo sobre la capacidad real de asumir estas nuevas actuaciones sin menoscabar funciones esenciales de la profesión de Enfermería en Atención Primaria y Comunitaria, especialmente las relacionadas con la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud, ámbitos que requieren una apuesta decidida.
Médicos de Primaria
Los enfermeros sostienen, no obstante, determinadas tareas actualmente asumidas por médicos de Atención Primaria que podrían ser realizadas por profesionales de Enfermería, «al estar claramente vinculadas al ámbito de los cuidados, siempre que se regulen mediante protocolos adecuados. Estas actuaciones permitirían desburocratizar las consultas médicas, reducir demoras y mejorar la atención al paciente sin desnaturalizar el rol profesional enfermero».
Finalmente, se subraya la importancia de garantizar una cobertura clara de la responsabilidad civil de los profesionales, ya que las aseguradoras solo cubren actuaciones legalmente amparadas. Ante cualquier indicación que exceda las competencias profesionales, se recomienda ponerlo en conocimiento del Colegio de Enfermería para su valoración jurídica.
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