La Audiencia Nacional ha preguntado a las acusaciones y defensas por las consecuencias que tiene el aval de la Justicia europea a la amnistía en la causa abierta por terrorismo contra doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) por acciones violentas contra edificios en Cataluña en respuesta a la sentencia del ‘procés’.
Esta es una de las causas penales que continúa abierta más de dos años después de la entrada en vigor de la ley de amnistía, que hace unos meses fue avalada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Tras esta resolución, y después de que los procesados instasen a que se les aplicase el perdón, la sección tercera de lo Penal ha dictado una providencia en la que da un plazo de diez días a la Fiscalía y el resto de partes para que se pronuncien sobre el alcance y efectos que sobre esta causa pueda tener la sentencia del TJUE.
La Audiencia Nacional reactiva así un procedimiento que llevaba en suspenso desde 2024, cuando planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE para que se pronunciase sobre si la aplicación de la amnistía en este caso contravenía el Derecho comunitario.
El tribunal europeo consideró que el perdón «no menoscaba» la directiva europea antiterrorista, ya que la medida excluye aquellos delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que causaran perjuicios graves, y estableció que la amnistía se ajusta a la normativa comunitaria, siempre que no entrañen violaciones graves de los derechos humanos.
La corte, con sede en Luxemburgo, dejó en manos de la Audiencia Nacional valorar si el caso de los CDR debe quedar excluido de la amnistía por implicar violaciones de derechos humanos.
Unos días después de la sentencia, los abogados de cinco de los doce CDR acusados presentaron un escrito solicitando la aplicación de la amnistía, en el que recordaban que la propia Audiencia, en el auto que planteaba elevar a la Justicia europea una cuestión prejudicial, ya admitía que de los escritos de acusación no se desprende «ningún resultado lesivo contra la vida o la integridad física o psíquica de persona alguna, ni la existencia de víctimas ni daños materiales».
La Audiencia Nacional acudió a la Justicia europea poco después de celebrar una vista de previo pronunciamiento (similar a las cuestiones previas) en la que la Fiscalía, que había pedido en un principio penas de entre 8 y 27 años de cárcel, apoyó la aplicación de la amnistía para los acusados. También lo hicieron las defensas.
La acusación popular que ejerce la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), representada por Fuster-Fabra Abogados, se opuso al considerar que la ley «no es aplicable a este caso».
Una vez reciba los escritos de alegaciones de las partes, el tribunal debe resolver sobre estas peticiones.
Fuente: El Periódico












