La Audiencia de Madrid ha absuelto a una de las dos mujeres acusadas de dar dos palizas a un menor transexual en 2020 en Villaverde y Usera (Madrid), «motivadas por su identidad sexual», según la fiscalía. La otra mujer investigada, de 19 años, no ha podido ser juzgada ya que se encuentra en «busca y captura» desde la celebración del juicio, en marzo de este año.
La víctima, un menor de 17 años, fue golpeado hasta en dos ocasiones distintas, la primera en junio de 2020 en el distrito madrileño de Usera y la segunda, cuatro meses después, en Villaverde. Ambas palizas le provocaron «lesiones en el cuello, en la cabeza y una fractura de escafoides en la mano derecha», además de insultos y amenazas por parte de las presuntas agresoras: «Te vamos a matar, travelo de mierda, eres una niña», según consta en el escrito de la Fiscalía de Madrid al que tuvo acceso el canal de investigación y sucesos de Prensa Ibérica.
«Falta de pruebas»
Durante el juicio celebrado el pasado mes de marzo, la principal investigada, de 21 años y acusada de un delito de lesiones y otro de amenazas, negó en su declaración su participación en estas agresiones, asegurando que el día de los hechos «estaba paseando el perro de una amiga y escuchó una fuerte discusión». Además, añadió que «no dio ninguna paliza y tampoco insultó a nadie». La otra mujer acusada no acudió al juicio, quedando en busca y captura, y sin novedades actuales de su paradero.
La Audiencia de Madrid absuelve ahora a la otra acusada por la «falta de pruebas condenatorias». El tribunal argumenta que «no cuentan con la principal declaración del caso», la de la víctima, que no acudió al juicio, a pesar de haber sido citado hasta en tres ocasiones. No lo hizo «por «miedo, segun la fiscal.
«Meses sufriendo acoso»
Por otro lado, el tribunal si contaba con la declaración de un agente de Policía Nacional que acudió al lugar de los hechos tras la llamada de emergencia. El agente declaró en el juicio que la víctima le dijo que «llevaba meses sufriendo acosos, tanto por llamadas telefónicas como insultos por la calle de bollera o travelo».
Sin embargo, la Audiencia de Madrid ha considerado este testigo referencial como una prueba «insuficiente por sí sola y extremadamente débil» para condenar a la acusada, siempre según la sentencia. El testimonio de este agente durante el juicio se basaba en la información que le habían contado testigos directos de los hechos.
Parte médico
El tribunal también contaba con el parte médico de las lesiones provocadas al afectado. Pero estas lesiones, según la sentencia, «no acreditan ni su autoría ni la forma de causación, solo el resultado».
El tribunal ha dictado por tanto una «sentencia absolutoria para la principal investigada» por la «falta de pruebas incriminatorias contra ella».
Fuente: El Periódico













