La Justicia ha anulado la adjudicación de la concesión para explotar las hamacas, sombrillas y recreativos acuáticos de las playas de Torrevieja entre 2025 y 2028 a la UTE Actividades Torrevieja. La sentencia a la que ha tenido acceso INFORMACIÓN concluye que la mesa de contratación del Ayuntamiento se apartó sin motivación suficiente del informe de los técnicos municipales, que había otorgado la máxima puntuación a una mejora de accesibilidad presentada por Recreativos Acuáticos Horadada. El fallo deja sin efecto la adjudicación y obliga al Ayuntamiento a volver al momento anterior a la decisión de la Mesa para formular una nueva propuesta debidamente motivada.
La estimación de la demanda de Recreativos Acuáticos es parcial. La sentencia no convierte a Recreativos Acuáticos Horadada en adjudicataria, que era lo que solicitaba en la demanda porque corresponde al Ayuntamiento decidir la adjudicación. Por la misma razón desestima la indemnización de 55.619 euros reclamada por la empresa como beneficio industrial que habría obtenido de resultar adjudicataria.
Pasarela con silla anfibia autónoma instalada este verano en las piscinas naturales y valorada en 100.000 euros / Joaquín Carrión
Recurso
La sentencia de la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Elche está firmada por el magistrado-juez Ricardo Barrio Martín y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. La actual mercantil que realiza el servicio, si recurre, podrá solicitar medidas cautelares que le permitan mantener la prestación hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto.
La resolución estima parcialmente el recurso presentado por Recreativos Acuáticos Horadada contra el Ayuntamiento y la UTE formada por Actividades Náuticas Torrevieja y Baliser Equipamientos de Playas. El litigio tiene su origen en la adjudicación aprobada por la junta de Gobierno Local en julio de 2025 y en la posterior desestimación, en agosto, del recurso de reposición presentado por la empresa. La concesión salió a licitación para cuatro temporadas y acabó adjudicada con un canon de explotación -se emplea dominio público de la playa- de unos 1,2 millones de euros.
La mejora
El conflicto que determina la nulidad se concentra en una de las mejoras ofertadas por Recreativos Acuáticos Horadada para facilitar el baño a personas con movilidad reducida. La empresa propuso un pantalán adaptado con rampa de acceso, módulo de pantalán, pilotes, anclajes, escalera, pérgola, elevador para personas con movilidad reducida y otros elementos. El conjunto tenía un coste de 109.918 euros, IVA incluido. Dentro del presupuesto figuraban dos rampas de seis metros de longitud y 2,5 metros de anchura, a 8.510 euros cada una.
La documentación inicial provocó dudas porque el presupuesto recogía esas dos rampas de seis metros, mientras uno de los planos mostraba una sola. Los técnicos municipales requirieron a la empresa para que corrigiera el posible error o justificara que realmente eran necesarias las dos unidades. Recreativos Acuáticos Horadada respondió que los dos módulos permitían prolongar la pasarela hasta los 12 metros y alcanzar una profundidad mínima de 70 centímetros, necesaria para el funcionamiento seguro del elevador destinado a personas con movilidad reducida. La empresa apoyó la explicación en la batimetría de la zona, de las piscinas naturales de Torrevieja.
Cambio de valoración
Los dos técnicos municipales supervisores del servicio dieron por válida esa explicación. Su informe de junio consideró que las dos unidades no suponían una duplicidad ni un error, sino que respondían a la necesidad de alejar el pantalán de la orilla hasta alcanzar suficiente profundidad. El informe concluyó que la mejora estaba correctamente descrita, homologada y cuantificada y que la documentación aportada justificaba «perfectamente» la necesidad de los dos tramos.
Esa valoración otorgaba a Recreativos Acuáticos Horadada los 16 puntos posibles por la mejora de accesibilidad. La empresa alcanzaba así una puntuación total de 88,37 puntos. Sin embargo, la mesa de contratación, configurada por directores generales de departamento y la interventora, llegó a una conclusión distinta. Consideró que la aclaración había modificado la oferta inicial y concedió cero puntos a la mejora, con lo que la puntuación de la empresa quedó reducida a 72,37 puntos.
Pero la sentencia rechaza ese razonamiento. Considera que desde la oferta inicial estaban presupuestadas dos rampas de seis metros y que la documentación posterior se limitó a explicar una discrepancia entre ese presupuesto y el plano aportado. El juez señala que no hubo una modificación de la oferta, que los costes permanecieron invariables y que la explicación estaba respaldada por estudios de profundidad. Califica de «desproporcionado e injustificado» atribuir cero puntos a la mejora por esa diferencia.
Jurídicamente, la mesa puede apartarse de la valoración de los técnicos porque sus informes no son vinculantes, pero debería haber justificado suficientemente por qué lo hacía. La sentencia considera que no lo hizo. El informe técnico era, según recoge la resolución, suficientemente contundente para descartar que Recreativos Acuáticos Horadada hubiera acreditado de forma incorrecta o insuficiente su propuesta. La decisión de la Mesa de separarse de ese criterio «no estaba suficientemente motivada».
La plataforma
La resolución también señala que la UTE adjudicataria había ofrecido inicialmente una pasarela de siete metros y posteriormente contactó con una empresa para encargar otra de ocho o diez metros porque la primera resultaba insuficiente. El juzgado considera que este hecho refuerza la conclusión de que la actuación de la mesa y del Ayuntamiento careció de justificación, aunque precisa que no entra a valorar las incidencias posteriores de la ejecución del contrato. La plataforma se puso en marcha por la actual empresa en una de las piscinas naturales el pasado 10 de julio.
La consecuencia es la nulidad de la adjudicación a Actividades Torrevieja y del acuerdo municipal que rechazó el recurso de Recreativos Acuáticos Horadada. El Ayuntamiento deberá retrotraer el expediente al momento anterior a la reunión de la Mesa de Contratación de junio de 2025. La Mesa tendrá que formular una nueva propuesta, con libertad para ejercer su discrecionalidad técnica y jurídica, pero deberá motivar su decisión y partir de que la documentación presentada por Recreativos Acuáticos Horadada fue una aclaración de su oferta y no una modificación.
La mesa de Contratación
La Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Torrevieja está presidida por la directora general de Contratación. La secretaría corresponde al funcionario habilitado órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y cuenta con cuatro vocalías: el director de la Asesoría Jurídica, la habilitada interventora municipal, un funcionario y el directo general de Economía. Los directores generales son cargos de libre designación, por parte del alcalde Eduardo Dolón con requisito previo de ser funcionarios de grupo A1.
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