Las grabaciones aportadas por el Seprona y Ucoma sitúan en «el punto exacto» donde se originó el incendio al presunto autor de los hechos, un joven de 28 años que se encontraba trabajando en las obras de la A-132.
Además, el último informe de UCOMA descarta un origen natural del incendio y señala como causa probable «la aplicación directa de llama sobre combustible natural». Eso sí, no se afirma «taxativamente» que fuera el investigado quien iniciara el fuego.
Según el auto, tampoco constan descargas atmosféricas en la zona durante el periodo correspondiente al inicio del fuego ni anomalías en la torre eléctrica próxima al lugar de ignición,
Sobre todo porque, según ha adelantado Efe, el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca señala que el investigado era «la única persona que se encontraba en el lugar en ese momento», un hecho que el juez considera especialmente relevante.
A ello añade la conducta del investigado posteriormente a producirse el incendio, ya que las imágenes incorporadas a las actuaciones muestran que aparece agachado en la zona donde se origina el fuego.
Llamó 3 minutos después
El sospechoso no llamó al encargado hasta tres minutos después de que se iniciara el fuego. Y eso que, dos minutos antes fue captado por usando el móvil.
Además, la llamada no se pudo realizar por falta de cobertura.
El juez considera que el investigado permaneció inactivo mientras se producían las llamas y que no consta que intentara apagarlas de manera efectiva ni que avisara inmediatamente de lo que estaba ocurriendo. Aunque su actitud pasiva terminó con la llegada de estas otras personas.
Además, las explicaciones del acusado son «contradicciones significativas» puesto que reconoció en sede judicial que sabía dónde se encontraban los extintores, así como los protocolos de actuación en caso de incendio, pero no llevó a cabo ninguno. Es más, demoró la primera llamada, cuando ya había pasado un tiempo suficiente desde que se descubrió el fuego.
El investigado reconoció, además, en sede judicial que el foco de inicio del fuego se encontraba a escasa distancia de su posición. Explicó que se encontraba recogiendo restos de obra para depositarlos en sacos próximos.
Sin embargo, no se encontraron ni sacos ni residuos tras la inspección ocular de la zona.
El magistrado recoge una manifestación exculpatoria del detenido donde dice que posteriormente vio al encargado de la empresa recoger en una caja quemada unos aerosoles y unos cristales una hora después del inicio del incendio, aunque de momento carecen de corroboración objetiva.
El juez considera que las investigaciones practicadas hasta el momento permiten atribuir «indiciariamente» al investigado el delito de incendio forestal, aunque señala que todavía deben practicarse diligencias para determinar si actuó en solitario o intervinieron terceras personas.
Riesgo de fuga
En relación con la prisión provisional, el auto justifica esta medida por la existencia de un riesgo considerable de fuga.
En este sentido, señala que el investigado se alojaba de forma temporal en un hostal de Murillo de Gállego, donde se había instalado a mediados de julio por razones laborales.
Cabe destacar que era procedente de Colombia y que no disponía de bienes ni de otros vínculos relevantes con España.
El magistrado considera que esta falta de arraigo en el país, unida a la gravedad de los hechos investigados, aumenta la posibilidad de fuga, así como de que se destruyan pruebas.
No obstante, el juez señala que todo lo recabado hasta ahora es provisional y la investigación todavía está abierta. Eso sí, considera que, con los datos disponibles hasta ahora, la actuación del investigado después del inicio del incendio pudo haber contribuido de manera significativa a la propagación de las llamas.













