Grave revés judicial para uno de los rostros más polémicos de la pequeña pantalla y para una de las factorías de confianza de Mediaset. El Tribunal Supremo ha condenado en firme a Cuarzo Producciones —responsable de grandes formatos de éxito como ‘La isla de las tentaciones’ o ‘Supervivientes’— y al colaborador de televisión José Antonio Avilés a pagar una indemnización de 30.000 euros a Iker Casillas.
La Sala de lo Civil ha dictaminado que la productora y el tertuliano cometieron una intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad del exguardameta del Real Madrid, según adelanta la agencia EFE.
Para remontarnos al origen de esta batalla legal hay que viajar al 13 de marzo de 2021. Por aquel entonces, Telecinco emitía los fines de semana el magacín Viva la vida, producido por Cuarzo. En pleno revuelo mediático por la separación de Iker Casillas y Sara Carbonero, el programa decidió cebar el contenido de unos audios privados que el deportista había enviado a una mujer.
Aunque los micrófonos del formato no llegaron a reproducir el sonido en directo, los colaboradores —con Avilés a la cabeza— no dudaron en calificar estas notas de voz como «comprometidas, durísimas y muy reveladoras«.
Precisamente este punto ha sido clave para el Alto Tribunal, que ha desmontado la defensa de la productora señalando que convertir unos mensajes privados en un «espectáculo televisivo» carece por completo de interés público, por mucho que los protagonistas sean personajes habituales de la crónica social. El fallo es contundente: las insinuaciones y juicios de valor vertidos en plató causaron el mismo daño a la intimidad del futbolista que si se hubieran emitido los audios.
Durante el proceso, la estrategia de defensa de la productora intentó agarrarse a un momento histórico de la televisión de nuestro país: el famosísimo beso de Iker Casillas a Sara Carbonero en el Mundial de Sudáfrica de 2010. Cuarzo alegaba que el deportista ya había «exteriorizado su vida privada» públicamente en el pasado.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha respondido de forma tajante: un gesto espontáneo de hace años no da derecho a las cadenas ni a sus colaboradores a airear o debatir sobre comunicaciones íntimas enviadas a terceras personas.
Con esta resolución judicial, el de Móstoles gana una de sus batallas más largas contra los contenidos de la prensa del corazón, dejando una importante advertencia sobre los límites del directo a productoras y tertulianos de televisión.
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