- Resolución del Consejo de Transparencia sobre la autocaravana
- Detalle de la solicitud de información
- Respuesta de la Secretaría General de la Presidencia
- Argumentos del reclamante ante el Consejo de Transparencia
- Respaldo del Consejo de Transparencia a Presidencia
Resolución del Consejo de Transparencia sobre la autocaravana
El Gobierno no está obligado a facilitar información sobre la supuesta presencia de una autocaravana propiedad del hermano de Pedro Sánchez en el Complejo de La Moncloa.
Así lo ha establecido una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que ha rechazado una reclamación presentada por un particular tras la negativa inicial de la Presidencia del Gobierno a responder a una extensa batería de preguntas relacionadas con ese vehículo.
Detalle de la solicitud de información
La solicitud reclamaba datos sobre una posible estancia de la autocaravana dentro del recinto presidencial, incluyendo fechas de entrada y salida, autorizaciones para su estacionamiento, consumo de recursos públicos, actuaciones de las fuerzas de seguridad, comunicaciones internas y posibles costes para las arcas públicas.
También se pedían registros de acceso y cualquier documentación relacionada con la gestión del vehículo dentro de las instalaciones de alta seguridad de La Moncloa.
Respuesta de la Secretaría General de la Presidencia
La respuesta de la Secretaría General de la Presidencia fue tajante. El organismo sostuvo que los enseres privados de quien ocupa la Presidencia del Gobierno forman parte de la esfera personal vinculada a la residencia oficial y que su presencia en el complejo no genera procedimientos administrativos específicos.
Según explicó, el estacionamiento o almacenamiento de bienes privados no requiere autorizaciones adicionales más allá de las medidas de seguridad habituales del recinto.
Presidencia añadió además que no existieron gastos asociados, actuaciones extraordinarias de empleados públicos ni afectación a espacios de trabajo o aparcamiento. Por ese motivo, aseguró que no existen documentos, informes, órdenes, expedientes, registros o comunicaciones que respondan a las cuestiones planteadas por el solicitante.
Argumentos del reclamante ante el Consejo de Transparencia
El reclamante recurrió esa decisión ante el Consejo de Transparencia argumentando que la propia respuesta de Presidencia reconocía implícitamente la existencia de hechos relacionados con la autocaravana.
También defendió que en un recinto con elevados niveles de control y seguridad deberían existir registros de acceso, bitácoras, sistemas de vigilancia o documentos capaces de acreditar la entrada o salida de cualquier vehículo.
Entre sus alegaciones, cuestionó igualmente cómo podía afirmarse que no existieron costes públicos sin aportar documentación que respaldara esa conclusión. Además, reclamó información sobre eventuales comunicaciones internas o instrucciones relacionadas con el vehículo y pidió que se acreditara la inexistencia de esos documentos mediante una búsqueda exhaustiva.
Respaldo del Consejo de Transparencia a Presidencia
Sin embargo, el Consejo de Transparencia ha respaldado la posición de la Presidencia del Gobierno. En su resolución recuerda que el derecho de acceso solo puede ejercerse sobre documentos o contenidos que realmente obren en poder de la Administración y que hayan sido elaborados u obtenidos en el ejercicio de sus funciones.
El organismo concluye que, según la declaración formal realizada por la Secretaría General de la Presidencia, la información solicitada no existe en sus archivos.
También acepta el argumento de que los bienes privados trasladados al entorno de la residencia oficial mantienen su carácter personal y no están sometidos a procedimientos administrativos específicos que generen documentación pública.












