Llegan las dos primeras renuncias voluntarias entre los propietarios de las viviendas protegidas de la urbanización Les Naus. El alcalde de Alicante, Luis Barcala, en una comparecencia por sorpresa en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno de este martes, ha anunciado que dos personas han comunicado su renuncia a las viviendas que habían adquirido en el residencial bajo sospecha por las polémicas adjudicaciones.
«Son dos personas que no han aparecido en los medios, dos personas no relevantes«, ha asegurado el regidor popular, en una intervención en la que ha pedido a todos aquellos dueños de viviendas que hayan accedido de manera presuntamente irregular que renuncien a sus propiedades, a la vez que ha recordado el examen exhaustivo que está realizando la Conselleria de Vivienda a los 140 dueños de pisos en la urbanización. «Animo a que todos aquellos que tengan dudas de si han accedido de forma irregular, renuncien«, ha apuntado el alcalde, quien ha descartado relevar la identidad, por protección de datos, de las dos personas que han renunciado.
Desconfianza en la cooperativa
Sobre la futura adjudicación de dichos inmuebles, ahora vacantes, Barcala ha destacado que será gestionada directamente por la Generalitat. «La que está en tela de juicio es la cooperativa», lo que según el alcalde le desautoriza para gestionar el «relevo» de los propietario. Por tanto, según ha avanzado el dirigente popular, es la Conselleria de Vivienda quien «coge las riendas de la adjudicación».
Actualmente, según el decreto en vigor aprobado por el gobierno de Mazón a finales de 2024, los interesados en vivienda protegida pueden percibir 6,5 veces el Iprem en 14 mensualidades, lo que suponen unos ingresos anuales de 54.600 euros, una cantidad que puede aumentar hasta los 66.000 en caso de menores o mayores de 65 años a cargo o personas con discapacidad. El anterior decreto, el del Botànic, dejaba el límite en 46.800, pudiendo elevarse hasta los 53.000 euros. Los ingresos se contabilizan por unidad familiar, con independencia de que una pareja esté en separación de bienes. Además, se debe ser mayor de edad, tener la nacionalidad española y no ser titular del pleno dominio de otra vivienda en España.
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