Leonor de Borbón es la heredera de la Corona y, previsiblemente, será la primera reina titular de España desde Isabel II, que ocupó el trono entre 1833 y 1868. Pero la Constitución que sostiene jurídicamente la posición de la hija de Felipe VI mantiene todavía una regla que la habría relegado si hubiera nacido un hermano varón (como le pasó a las hermanas de su padre, Cristina y Elena). El artículo 57.1 conserva, dentro del mismo grado sucesorio, la preferencia del hombre sobre la mujer. Casi medio siglo después de aprobada la Carta Magna, esa excepción a la igualdad continúa intacta.
La contradicción no pasó inadvertida en 1978, cuando se aprobó la Constitución. Y algunas de las mujeres que participaron en aquel momento histórico intentaron dejar constancia de ese fallo, aunque su capacidad de influencia era muy limitada. De los 598 parlamentarios que componían las Cortes Constituyentes solo 27 eran mujeres, 21 diputadas y seis senadoras. Es decir, un 95,5% de hombres frente a un 4,5% mujeres y ninguna de ellas formó parte de la ponencia constitucional.
Referencia Fotografia: U135252_006 Creation Date: 28/05/2011 Titular: COMUNION DE MIGUEL URDANGARIN Y DE BORBON Fecha: 20110528 Descripción: PRIMERA COMUNION DE MIGUEL URDANGARIN Y DE BORBONEN LA FOTO : LOS REYES JUAN CARLOS I Y SOFIA DE GRECIA , LOS PRINCIPES FELIPE DE BORBON Y DOÑA LETIZIA ORTIZ CON SUS HIJAS SOFIA Y LEONOR DE BORBON , LA INFANTA ELENA DE BORBON CON SUS HIJOS VICTORIA FEDERICA Y JUAN FROILAN , LOS DUQUES DE PALMA CRISTINA DE BORBON E IÑAKI URDANGARIN CON SUS HIJOS JUAN VALENTIN , PABLO NICOLAS , MIGUEL E IRENE URDANGARIN28/05/2011MADRID Ciudad: Madrid Pais: EspaÒa / Spain Autor: G3 Agencia: G3online. PUBLICADA EPC 13/12/2011 P 2 / Bcn
Ana María Ruiz-Tagle, que participó en la creación del PSOE junto con Felipe González y fue diputada por Sevilla en aquellas Cortes, lo resume en una entrevista por teléfono con crudeza: «Éramos muy pocas mujeres y mandábamos muy poco». Y añade: «Era muy complicado para nosotras estar en ese entorno y eso nos unió mucho».
La diputada constituyente Ana Ruiz-Tagle recuerda que las mujeres eran muy pocas en aquellas Cortes y que «mandaban muy poco»
La Constitución que aquellas Cortes alumbraron significó, pese a sus insuficiencias, una ruptura radical con la situación jurídica anterior de las mujeres españolas. El artículo 14 proclamó la igualdad ante la ley y prohibió la discriminación por sexo; el texto constitucional extendió esa lógica igualitaria a ámbitos esenciales de la vida civil y política. Para Ruiz-Tagle, ese es el contexto imprescindible desde el que juzgar ahora lo que quedó pendiente: «Aquella sociedad no era la de ahora. Y la de ahora debería hacer los cambios necesarios para que haya igualdad jurídica total».
Primero, en comisión
El actual artículo 57, que aún recoge la prevalencia del hombre sobre la mujer en el orden sucesorio de la Corona, era durante la tramitación parlamentaria el artículo 52. Y su paso por la Comisión de Asuntos Constitucionales ofrece una primera imagen reveladora. El 29 de mayo de 1978, sus apartados primero y segundo fueron aprobados por 32 votos a favor y una sola abstención. El presidente de la comisión dejó constancia de quién había roto la unanimidad: María Teresa Revilla, diputada de Unión de Centro Democrático (UCD) y única mujer integrante de aquel órgano. El Diario de Sesiones registra además que, más adelante en aquella misma sesión, Revilla pidió explicar su voto y el presidente le denegó la palabra para no sentar precedente, aunque reconoció la singularidad de que fuese la única mujer de la comisión.
Ruiz-Tagle recuerda que la cuestión de la Corona no concentró entonces toda la energía de las constituyentes. «El artículo 57 provocó debate, pero no tanto entre nosotras como el artículo 9 [que encomienda a los poderes públicos promover una igualdad real y efectiva] o el 14 [que proclama la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación por razón de sexo], de los que estábamos más pendientes». Y admite también la presión que recibieron desde fuera de las instituciones: «El movimiento feminista nos criticó por blandas».
La protesta más gráfica, en el pleno
La escena se repitió cuando el texto pasó al pleno del Congreso, el 12 de julio. Gregorio Peces-Barba, uno de los dirigentes socialistas, pidió que el apartado primero —con la preferencia masculina— se votara separadamente. Así se hizo. El resultado fue muy distinto del consenso casi absoluto que acompañó otros preceptos. Se emitieron 270 votos: 132, a favor; 15, en contra y 123, abstenciones.
Después llegó una de las intervenciones femeninas más significativas de toda la tramitación. Maria Dolors Calvet Puig, diputada catalana del PSUC integrada en el grupo Comunista, explicó que su grupo en general se había abstenido, pero que las mujeres comunistas habían votado en contra junto a diputadas de otras formaciones (aunque no concretó quiénes). Calvet sostuvo que aquella regulación constituía una discriminación por razón de sexo y señaló expresamente su contradicción con el principio general de no discriminación que la propia Constitución estaba proclamando.
La periodista Magis Iglesias destaca que, en el PSOE, las mujeres no pudieron tomar la palabra ni siquiera para explicar su sentido de voto
También el PSOE se abstuvo. Enrique Múgica tomó la palabra inmediatamente después de Calvet para explicar que la reserva socialista se circunscribía precisamente a la preferencia masculina. Magis Iglesias, periodista y autora del libro «Fuimos nosotras», para el que entrevistó a 13 de las 27 parlamentarias constituyentes, pone el foco en una diferencia entre ambos partidos: «En el PSOE no dejaron que las mujeres tomaran la palabra ni siquiera para explicar su sentido de voto y fue un hombre, Enrique Múgica, el que lo hizo. En cambio, por el partido comunista sí pudo hablar Calvet». Iglesias subraya la trascendencia del choque: “Varias se negaron a cumplir con el consenso pactado entre el Rey y el Partido Comunista, el PSOE, UCD y Alianza Popular para dar preferencia a los varones en la sucesión en el texto de la Constitución, lo que suponía convertir a Felipe en heredero de la Corona por delante de Elena».

Juan Carlos I da un beso a su nieta Leonor el 19 de junio de 2014, día de la proclamación de Felipe VI como Rey. / Juan Manuel Prats
Hubo incluso una protesta más gráfica. Según reconstruye la monografía oficial del Congreso «Las mujeres parlamentarias en la Legislatura Constituyente», las diputadas socialistas Carlota Bustelo y Asunción Cruañes optaron por abandonar el hemiciclo antes de aquella votación por considerar la discriminación incompatible con la dignidad de las mujeres.
Aznar y Zapatero
Casi 50 años después, el problema ya no puede atribuirse solo a las cautelas de la Transición. La eliminación de la preferencia masculina ha aparecido repetidamente en la agenda política democrática. Iglesias recuerda que la prevención ante una reforma venía ya de la etapa de José María Aznar: «Manuel Fraga, uno de los padres de la Constitución precisamente, recomendó al [presidente del Gobierno] Aznar no tocar la Constitución y no reformar ese artículo porque no veía a la monarquía lo suficientemente asentada como para abrir ese debate».
El presidente José Luis Rodríguez Zapatero encargó al Consejo de Estado una reforma constitucional circunscrita a cuatro materias: acabar con la preferencia del varón en la sucesión, incorporar la construcción europea a la Constitución, enumerar las comunidades autónomas y reformar el Senado. El pleno del Consejo aprobó su informe en febrero de 2006.
Una década después, el PSOE volvió a plantearlo expresamente. Y también Ciudadanos lo defendió en esos años y en su programa de 2019. La reforma, sin embargo, nunca se materializó. Y la reivindicación ha ido perdiendo el foco. La explicación no reside tanto en la complejidad del cambio —bastaría con modificar unas pocas palabras— como en el procedimiento que obliga a seguir la propia Constitución. Al afectar al Título II, cualquier reforma del artículo 57 activa el mecanismo agravado del artículo 168: apoyo de dos tercios de Congreso y Senado, disolución inmediata de las Cortes, elecciones generales, ratificación de la reforma por las nuevas Cámaras nuevamente por mayoría de dos tercios y referéndum obligatorio.
Ahí aparece el célebre melón que ningún Gobierno ha terminado de abrir. Jurídicamente, modificar la preferencia del varón no obliga a someter a votación la continuidad de la monarquía. Políticamente, sin embargo, sí que abriría el debate de si es mejor el modelo republicano.
Ruiz-Tagle defiende que la distancia histórica obliga también a no juzgar 1978 con una fotografía congelada de 2026. Aquella Constitución permitió desmontar buena parte de la arquitectura jurídica que había subordinado a las mujeres y abrió el camino a transformaciones profundas posteriores. Pero precisamente por eso considera que el trabajo no puede darse por terminado: «Aquella Constitución fue la de la libertad, ahora tenemos que introducir la igualdad».
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