El Consistorio de Langreo ha abierto el plazo de candidaturas, hasta el 7 de septiembre, para la obtención de subsidios que promueven el deporte femenino. La propuesta está dirigida a organizaciones sin fines de lucro y clubes deportivos (a excepción de modalidad de carreras de montaña, porque cuentan con sus propias ayudas), que otorgue el Área de Deportes.
Esta iniciativa tiene como objetivo «regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva». Las ayudas serán concedidas según las bases del anuncio, todo con la finalidad de financiar los proyectos destinados al deporte femenino y a la actividad física realizada por mujeres. La documentación se podrá presentar a través del registro electrónico o presencialmente en el Ayuntamiento.
Subvención
Los clubes que soliciten la ayuda tienen que estar legalmente constituidos según el Decreto 24/1998 del 11 de junio. Para el caso de Federaciones, será el Decreto 56/1995 del 12 de abril. También tienen que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y tener justificados los gastos correspondientes. Además, el plazo de resolución será de tres meses tras la finalización del plazo de solicitudes. Los resultados se publicarán tanto en la web municipal, como en el tablón de edictos. Aspectos a tener en cuenta para la valoración son valoración técnica del proyecto o actividad deportiva, aportación económica de la entidad, número de participantes, entre otros.
Las ayudas consistirán en una ayuda económica para la financiación de los gastos de los proyectos seleccionados, siendo compatibles con otras financiaciones. Si hay concurrencia con otras subvenciones municipales, «la suma de las mismas no superará el 80% del coste de la actividad o proyecto». La ayuda económica no superará el importe obtenido tras la aplicación del 80% al presupuesto de la actividad.
Por otro lado, se realzará el pago anticipado de parte de la cuantía que se conceda, de tal manera que se abonará el 80% tras la concesión de la subvención. El 20% será entregado tras su justificación, siempre que no supere los 1.500 euros.
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