El Ministerio de Juventud e Infancia ha coordinado, junto al Ministerio de Educación, la habilitación de dos centros educativos de Ceuta como lugar de atención a los menores de edad migrantes no acompañados que la pasada semana llegaron a la ciudad autónoma, especialmente las niñas.
Asimismo, el departamento que dirige Sira Rego va a realizar una transferencia de crédito extraordinario de 25 millones de euros a Ceuta para la atención de urgencia de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados que se encuentran en la ciudad.
Mecanismos disponibles
Desde el lunes 27 de julio, el Ministerio de Juventud e Infancia «sigue de cerca» la situación en Ceuta en contacto con el Gobierno de la ciudad autónoma, la Delegación del Gobierno y el resto de administraciones. «El objetivo es garantizar los derechos de la infancia migrante no acompañada, activando todos los mecanismos disponibles para una acogida digna y alertando a todas las administraciones de la necesidad de poner en el centro de las actuaciones el interés superior de la infancia», señala este departamento.
Desde el ministerio también se recuerda que la ley de Extranjería obliga a las comunidades a acoger a los menores de forma «vinculante y solidaria». «Cabe recordar que, desde agosto de 2025, Ceuta se encuentra en situación de contingencia migratoria extraordinaria», señalan las mismas fuentes.
En 15 días
El artículo 35 de la Ley de Extranjería, reformada mediante Real Decreto-ley en 2025, incluye que el traslado de menores migrantes a otras comunidades debe realizarse en un plazo máximo de 15 días naturales, desde su registro e inicio del expediente, precisa el Ministerio. El Gobierno deberá reubicar en las comunidades autónomas, en un plazo de 15 días, a los cientos de menores migrantes no acompañados que han llegado a Ceuta.
El decreto ley fue convalidado por el Congreso el 10 de abril de 2025 y establece que la resolución de traslado debe notificarse en un máximo de 10 días naturales desde la propuesta. Una vez notificada, el traslado físico debe ejecutarse en un máximo de cinco días naturales. En todo caso, el límite total es de 15 días desde la inscripción.
Reagrupación familiar
Desde el Ministerio de Juventud se explicaba este lunes que el artículo 35.11 de la Ley de Extranjería también determina la posibilidad de establecer convenios con organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades dedicadas a la protección de personas menores de edad.
De la misma forma, añaden, el artículo 35.5 permite la reagrupación familiar de los niños, niñas y adolescentes migrantes «siempre que existan familiares en sus países de origen y se corroboren que las condiciones garantizan el interés superior del menor».
Suscríbete para seguir leyendo












