El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig han presentado un escrito a la secretaría general de la Comisión Europea a través del cual denuncian al Reino de España por el incumplimiento de la ley de amnistía tras el aval que la norma recibió la semana pasada por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Según el escrito que ha avanzado ‘Vilaweb’ y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, el abogado Gonzalo Boye denuncia que se ha suspendido de facto el plazo para dictar la amnistía, reabriendo un trámite de alegaciones que no solo considera innecesario, sino que asegura que contraviene la sentencia del TJUE. Es por ello que insta a la Comisión Europea a actuar con urgencia «dada la naturaleza del incumplimiento y su incidencia sobre medidas cautelares que gravan a los denunciantes en más de 9,5 millones de euros«.
Vulneración del tratado de la UE
En la denuncia, Boye también recuerda que el Tribunal de Cuentas publicó una providencia este lunes en la que recogía las indicaciones de la sentencia del TJUE, pero evitaba aplicar la ley de amnistía inmediatamente, si bien también concedía 10 días a las partes.
En este sentido, el escrito de denuncia destaca que la actitud del Tribunal de Cuentas ha vulnerado el artículo 4 del tratado de la Unión Europea sobre la cooperación leal, según el cual los estados miembros deben evitar que sus órganos tomen decisiones que pongan en peligro los objetivos de la UE y la aplicación de las sentencias dictadas por el TJUE.
«El incumplimiento deliberado de una sentencia del Tribunal de Justicia por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro, acompañado de su tergiversación pública mediante una nota de prensa oficial, afecta al valor del Estado de Derecho en que la Unión se fundamenta», recoge la denuncia de Puigdemont, Comín y Puig.
Presión de la fiscalía
Precisamente, este martes la fiscalía ha apremiado al Tribunal de Cuentas a aplicar la ley de amnistía a los expresidentes Puigdemont y Artur Mas, así como a 33 excargos de sus gobiernos por los gastos ocasionados por la organización del referéndum unilateral del 1-O y la promoción de Catalunya en el exterior entre los años 2011 al 2017.
En este sentido, precisa que no es procedente la decisión de la consejera del Tribunal de Cuentas, Elena Herráez, de conceder a las partes un plazo común de 10 días para que formulen las alegaciones que estimen oportunas y aporten la documentación que consideren pertinente en relación con el origen de los fondos utilizados para la consulta soberanista.
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