Mi vida no puede ser sometida a su escrutinio a conveniencia

La defensa del expresidente Rodríguez Zapatero ha pedido al juez José Luis Calama que ordene a la UDEF «que limite su investigación exclusivamente a los hechos concretos» incluidos en la resolución que el instructor dictó el pasado 18 de mayo, en la que dio al exmandatario socialista la condición de investigado por tráfico de influencias y blanqueo de capitales.

«La vida de Rodríguez Zapatero no puede ser sometida al escrutinio de la unidad policial, a su propio criterio y conveniencia, sin justificación alguna», sostiene la defensa en un nuevo escrito al instructor, al que pide que «devuelva» a la UDEF su último informe.

Éste se refiere a las gestiones realizadas en Bolivia por Rodríguez Zapatero a favor de una empresa del grupo peruano Gloria, que le retribuyó con 200.000 euros a través de la mercantil Focus Social Research.

«Esta entidad no se encontraba en el perímetro objetivo de la investigación fijado por el auto de 18 de mayo de 2026», recuerda el defensor, Víctor Moreno Catena.

Ni tampoco la UDEF había reflejado ningún indicio de criminalidad en relación con los pagos realizados por Focus.

El objeto del proceso «no es, ni puede ser, toda la labor profesional de José Luis Rodríguez Zapatero, todas sus actuaciones, remuneraciones o las actividades que haya tenido a lo largo de los años, porque eso ciertamente daría lugar a una causa general y una investigación prospectiva», dice la defensa.

El objeto de la investigación «no puede ser una persona sino unos hechos concretos», subraya.

«Salvo que se modifique el criterio del instructor, no cabe admitir como cierto que ‘en las presentes diligencias previas se investiga una organización criminal, liderada por José Luis Rodríguez Zapatero, dedicada al ejercicio de influencias de carácter ilícito a favor de clientes’, según afirma la UDEF en las primeras líneas de su informe, es decir, una organización que tendría una arquitectura variable, con personas que entran y salen de ella según conviene a los investigadores«, critica.

«Las afirmaciones genéricas, esas tesis policiales, no pueden servir de presupuesto del que cuelgue una investigación indiscriminada» que «aparentemente carece de límites», subraya.

El letrado insta «la expulsión» del informe «por tratarse de «una actividad [la relacionada con el Grupo Gloria] ajena por completo al perímetro de esta causa, salvo que el Tribunal decida conformar estas diligencias con un objeto que se defina por el autor y no por los hechos».

La defensa quiere que Calama «mandate a la Policía Judicial a sus órdenes para que se limite su investigación exclusivamente a los hechos concretos» referidos en la resolución del 18 de mayo, con prohibición expresa de servirse de la información masivamente obtenida [en los registros] para investigar cualquier actividad personal o profesional más allá de las allí determinadas».

En esa resolución se señalaban las operaciones realizadas por el expresidente socialista con empresas como Análisis Relevante y los clientes de esta, Softgestor, Inteligencia Prospectiva o Whathefav, entre otras.

Datos personales

En el mismo escrito, la defensa se queja de la difusión masiva de sus agendas, chats con su secretaria y otros datos personales (incluidas sus cuentas bancarias o la contraseña del correo electrónico) tras volcarse ese último informe de la UDEF en la plataforma informática que contiene el procedimiento.

El escrito se queja de «la absoluta falta de cuidado y de respeto por los derechos fundamentales de Rodríguez Zapatero que se muestra en ese informe».

Y recuerda que, al socaire de una investigación criminal, «los poderes públicos no asumen facultades para, sin coto ni límite, allanar la intimidad de los investigados ni su vida privada, eliminar su derecho al secreto de las comunicaciones y arrasar con su derecho a la protección de datos personales».

El defensor pide a Calama que adopte medidas para evitar la difusión indiscriminada de datos personales de los investigados.

Entre ellas, quiere que se ordene a la UDEF que «se limite a anexar a sus informes la documentación estrictamente necesaria que ampara sus conclusiones policiales, absteniéndose de acompañar el contenido íntegro de documentos personales con contenido ajeno a aquel que justifica su presentación».

«No puede desconocer la unidad policial que en ninguno de los informes anteriores se habían incluido de forma íntegra las conversaciones de WhatsApp o las agendas íntegras de ninguno de los investigados», como ha hecho la UDEF con Zapatero.

Solicita, asimismo, que,antes de que la información sea trasladada a las partes o acceda a la plataforma, se abra una pieza separada de expurgo a la que únicamente pueda acceder la Fiscalía y la parte afectada, a fin de que se pueda eliminar todo aquello que tenga carácter personal y sea ajeno al objeto del proceso.

También pide medidas para evitar las filtraciones a los medios. «Las evidencias obtenidas de las entradas y registros se encuentran actualmente en la esfera de control policial, y no han sido expurgadas ni delimitadas judicialmente, de modo que contienen datos personales que son ajenos a la causa y que dibujan, ahora para todos los públicos, el día a día de un ciudadano que mantiene el libre y pacífico ejercicio de sus derechos», subraya.

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