Otra vez será. El óleo sobre tabla en forma de cruz atribuido a Murillo no ha encontrado comprador en la subasta celebrada este jueves, 9 de abril, en Madrid. Ninguna puja se ha escuchado en la sala de subastas de Ansorena para el ‘Cristo en la Cruz’ (1665-1669), un crucifijo de 56×40 centímetros que, según el catálogo de la subasta, procedería del sagrario del altar mayor de la iglesia del convento de capuchinos de Sevilla.
Se da la circunstancia de que el precio inicial de salida era de 340.000 euros (más el 23% de comisión de la casa) y que la atribución al pintor del barroco está aún pendiente de publicación. En todo caso, la obra contaba con la autorización para su salida del país.
Murillo realizó entre 1665 y 1669 uno de sus conjuntos más relevantes para el convento de capuchinos de Sevilla, con obras como el ‘Jubileo de la Porciúncula’ o la ‘Virgen de la servilleta’, destacadas por su calidad y profundidad teológica. Este crucifijo formaría parte del altar mayor.
La pieza resultaba especialmente atractiva por estar sujeta a un régimen especial que permite su exportación. El permiso fue concedido el pasado 17 de febrero, en virtud del artículo 32 de la Ley de Patrimonio Histórico Español 16/1985 que se aplica a piezas importadas desde el extranjero para dotarlas de una normativa específica: pueden volver a exportarse previa solicitud, no están sujetas a derecho de adquisición preferente por parte del Ministerio de Cultura y no pueden ser declaradas Bien de Interés Cultural sin el consentimiento expreso del propietario. Además, la autorización de salida no puede ser denegada una vez solicitada, como ha ocurrido en este caso.
La obra de Murillo junto a ‘San Pedro y San Francisco, (1514), de Fernando Llanos / Alba Vigaray
Este régimen excepcional está pensado para facilitar que coleccionistas residentes o extranjeros traigan obras a España y puedan exportarlas después, fomentando así la entrada de bienes culturales, el mercado del arte y su exhibición, tanto de autores españoles como internacionales.
El ministerio desconoce la fecha en que esta Cruz salió originariamente del país, pero sí sabe que fue subastada fuera de nuestras fronteras y que los actuales propietarios la compraron, la importaron a España y ahora han decidido venderla.

Pieza del entorno de Jacomart (derecha) y el ‘San José con el Niño’ de Pedro de Mena / Alba Vigaray
¿Puede cualquier obra puede salir de España?
Desde el Ministerio de Cultura recuerdan que la ley de 1985 de Patrimonio Histórico Español marcó un antes y un después en la protección, al establecer un sistema de control sobre la exportación de estos bienes mediante la exigencia de autorización administrativa previa para todos aquellos bienes de más de 100 años, los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles o declarados Bien de Interés Cultural (BIC). Es decir, se necesita un permiso de exportación del Ministerio de Cultura para que las piezas puedan salir de país.
Este régimen general (distinto del especial del artículo 32 aplicado a la cruz atribuida a Murillo) también rige en el ámbito de las subastas. Las obras vendidas —especialmente cuando el comprador es extranjero— no podrán salir del país sin ese permiso si cumplen alguna de esas condiciones. Y, en caso de que el bien sea considerado relevante, la Administración puede denegarlo.
Este régimen general —distinto del especial aplicado a la cruz atribuida a Murillo— también rige en el ámbito de las subastas. Las obras vendidas, especialmente cuando el comprador es extranjero, no podrán salir del país sin ese permiso si cumplen alguna de esas condiciones. Y, si el bien se considera relevante, la Administración puede denegar la exportación.

Detalle del óleo adjudicado al artista español Murillo / Alba Vigaray
Todas las solicitudes son evaluadas por la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, un órgano colegiado, técnico y consultivo que analiza aspectos como la importancia, la calidad o singularidad de las piezas en las colecciones españolas. La Junta emite un informe favorable o desfavorable y eleva su propuesta a la directora general de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Ángeles Albert, que es quien adopta la resolución final. Además, estas licencias tienen un plazo limitado para ser ejecutadas: dos años para salidas dentro de la Unión Europea y un año para fuera.
“La Administración dedica grandes expertos, técnicos y profesionales a la protección del Patrimonio Histórico Nacional. Hay un control sobre todas las exportaciones bastante grande y sobre todos los bienes que se importan. Los ciudadanos deben estar tranquilos en ese sentido porque la Administración tiene mecanismos para controlar y proteger todo este mercado legal del arte”, aseguran desde el ministerio.















