En plena Semana Santa, en vísperas de que comiencen los días festivos, el juez Juan Carlos Peinado ha citado a la esposa del presidente del Gobierno, a su asistente en Moncloa y al empresario Juan Carlos Barrabés para trasladarles su decisión de dirigir la causa hacia un jurado popular si el caso llega finalmente a juicio. Como ocurrió con ocasión de una citación similar antes de que la Audiencia Provincial la anulara por no haber concretado suficientemente los indicios contra ellos, ninguno acudirá a la cita, que viene exigida por la ley del jurado y que será cumplimentada por sus abogados.
Peinado ha convocado el trámite tras concretar cuáles son las conductas que considera delictivas, entre otros tipos penales por incurrir en malversación de caudales públicos, en un auto del que informó EL PERIÓDICO el pasado 20 de marzo, en el que llega a afirmar que el acceso a la Presidencia del Gobierno de Pedro Sánchez en 2018 «produjo un cambio inmediato y significativo» en la trayectoria profesional de Begoña Gómez. La razón es que gracias a ello habría obtenido » una interlocución singular con responsables» del centro, «empresas patrocinadoras» y «entidades del sector tecnológico», según detalla en su resolución.
El titular de la plaza número 41 de Instrucción en el Tribunal de Instancia de Madrid imputa a Begoña Gómez presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación, por lo que considera que la conexidad de los delitos presuntamente cometidos aboca el asunto a un tribunal del jurado.
El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla, Madrid. / EP
Considera Peinado que Gómez, por su condición de pareja de Pedro Sánchez «influye en la conducta de cualquier ciudadano» por el «poder que su esposo tiene para determinar la toma de decisiones». En este marco incardina sus actividades para recabar «apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial» para «la creación, desarrollo y expansión» de la cátedra de Transformación Social Competitiva que codirigió en la Universidad Complutense de Madrid.
Papel de la asistente
«Se pide y consigue que se cree específicamente, para su dirección, una cátedra extraordinaria, y al amparo de esta situación de capacidad de decisión de su esposo, contrata a su amiga e investigada, Cristina Álvarez, a la que utiliza no solo para cuestiones protocolarias o institucionales, sino para sus actividades privadas», agrega el auto del juez que sirve de sustento al trámite que se celebra este miércoles.
La resolución, según el propio magistrado, no busca «anticipar un hipotético auto de apertura de juicio oral o sobreseimiento» sino «verificar la verosimilitud» de los hechos investigados en relación con la adjudicación de determinados concursos públicos» para presuntamente «beneficiar» al empresario Juan Carlos Barrabés, el tercer citado en la comparecencia.
Recursos de los acusados
La resolución fue recurrida por las defensas, cuyos argumentos serán previsiblemente repetidos ‘in voce’ durante la comparecencia de este miércoles. El abogado y exministro del Interior Antonio Camacho se detendrá especialmente en atacar las razones que encuentra el juez para ver malversación de caudales públicos en la actuación de la asistente personal Cristina argumentando que esta postura supondría imputar incluso a quienes le cocinan o sirven en Moncloa.
«Hemos de reiterar que no existe un Estatuto de la cónyuge del Presidente del Gobierno, que esta figura no está regulada», insistía el abogado en su recurso, para añadir que «la interpretación y distingo que se hace aquí entre actividades privadas e institucionales debería llevar a que las personas que asisten a las necesidades diarias de las personas que ocupan la sede de Presidencia del Gobierno solo podrían prestárselas a la cónyuge del Presidente en aquellos supuestos en que acompañase físicamente al titular de la Presidencia, desconociendo una faceta privada que existe y requiere de un apoyo logístico y material«.
Tanto la defensa de Begoña como la de Cristina Álvarez defienden que el tribunal del jurado carece de competencia para juzgar esta causa, y reprochan al juez que haya forzado una conexidad de los delitos con el fin de llevar el caso por esta vía. El abogado de esta última, José María de Pablo, afirma además en su recurso que la Audiencia Provincial ya estableció que la asesora no puede cometer malversación, ya que esta conducta solo puede ser atribuible al superior que «destina, aprovecha o consiente» que se cubran necesidades privadas», y no al trabajador público.
Por su parte, la defensa de Barrabés, a quien el juez del caso Begoña implica en irregularidades asociadas a la adjudicación de contratos públicos, defiende que en la causa no existe «ni una sola evidencia que acredite la existencia de influencia en funcionario alguno o de ventaja o beneficio (…) a cambio de un soborno también inexistente».
Su defensa ha aportado recientemente al juzgado un correo electrónico con fecha de 12 de diciembre de 2019 en el que la esposa del presidente del Gobierno le requiere su currículum para entrar a formar parte de la plantilla de profesores de la cátedra universitaria.
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