El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado la sentencia que, por primera vez, se aplicaba en Mallorca la condena de prisión permanente revisable contra el acusado de asesinar a su mujer y a su hijo de solo siete años en su domicilio de sa Pobla.
Los jueces han ratificado la decisión adoptada por la magistrada que presidió este juicio con jurado. El tribunal popular consideró que la gravedad de los hechos justificaba que se adoptara la máxima pena que contempla la ley contra este acusado.
Este acusado, Ali Khouch, de nacionalidad marroquí, cometió este asesinato en el domicilio familiar, en la noche del día 16 de mayo del año 2021. Unos hechos que causaron la muerte a su esposa Warda Ouchene, que estaba embarazada, a su hijo Mohamed, de siete años, que presenció como su padre daba muerte a su madre.
El jurado declaró probado que Ali atacó a la víctima por la espalda y lo hizo armado de un cincel, con el que golpeó a su mujer en la cabeza. Al mismo tiempo, también le propinó otros golpes.
La mujer quedó aturdida tras el golpe en la cabeza, pero su esposo decidió rematarla, agarrándola por el cuello y estrangulándola. La víctma sufrió una muerte agónica, sin disponer de la más mínima posibilidad de defenderse. El jurado confirmó que el acusado actuó en un afán de dominación y control sobre la víctima, por el mero hecho de que se trataba de una mujer.
El siguiente en ser asesinado fue el hijo de la pareja. El acusado, según quedó demostrado en el juicio, agarró al menor por el cuello y lo estranguló hasta que el menor dejó de respirar. El pequeño murió asfixiado.
Ya de madrugada, mientras los dos cadáveres yacían en la vivienda, el acusado solicitó el servicio de un taxi para desplazarse de sa Pobla a Palma. El taxista no quiso cumplir con el servicio.
Ante esta situación el acusado salió de la vivienda, la cerró con llave y se desplazó a Palma en su propio coche. Al llegar a la ciudad se dirigió a Son Banya, se supone que para comprar droga.
Ya por la tarde del día siguiente,Ali Khouch envió varios mensajes al hermano de su mujer, que residía en Valencia, diciéndole que la había matado a ella y al niño, y le indicaba que los cuerpos estaban en la vivienda. Un sobrino de la víctima se desplazó al lugar de los hechos y confirmó que, en efecto, su tía y su primo habían sido asesinados.
Horas más tarde el acusado se puso en contacto con la Guardia Civil. Comunicó lo que había hecho y dijo que estaba en la zona del Portitxol. Allí esperó hasta que fue detenido. Desde entonces está en prisión.
También quedó demostrado que no era la primera vez que agredía a la víctima, que en una ocasión abandonó el domicilio familiar, pero como consecuencia de las presiones familiares, perdonó a su esposo y regresó de nuevo a su casa.
La magistrada impuso una condena de 25 años de prisión por el asesinato de la mujer y la pena de prisión permanente revisable por la muerte del menor. Establecía que el acusado debía cumplir un mínimo de 30 años en una cárcel y que si después obtenía la libertad, debía ser expulsado del país.
El recurso del abogado defensor se centraba, únicamente, sobre las condiciones de la expulsión. Este recurso fue impugnado por la fiscalía y por la acusación popular, que representaba a la familia de la víctima.
El TSJB rechaza el recurso, con lo que ratifica la primera condena de prisión permanente revisable que se impone en Baleares por un caso de un doble asesinato.