La investigación que se sigue contra el fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, es una causa mutante. Según aclaró este miércoles, 29 de enero, el juez instructor del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, el objeto de la investigación ya no es solo la filtración del correo del 2 de febrero de 2024 en el cual el Carlos Neira, abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, reconocía haber defraudado a Hacienda a través de dos delitos fiscales. También se indaga la filtración de una noticia periodística del 12 de marzo de 2024 en la que se daba cuenta de la denuncia de la Fiscalía de Madrid contra González Amador y la nota informativa del 14 de marzo por la cual se desmentían informaciones falsas difundidas por Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Díaz Ayuso. Hurtado hizo esta explicación a preguntas del abogado del Estado que defiende al FGE.
¿Por qué es mutante? Porque ya la sala de admisión de la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), cursada en julio pasado a la Sala Segunda, modificó el objeto de la investigación.
El TSJM consideró la existencia de delito de revelación de secreto en la nota informativa del 14 de marzo. Pero la sala de admisión que decidió abrir diligencias contra el FGE consideró que “aparentemente no hay información indebidamente revelada ante el conocimiento público de los hechos, pero de la instrucción de la causa practicada en el TSJM y en concreto de la declaración del fiscal de Delitos Económicos que llevaba el asunto [Julián Salto] se desprende que horas antes de la nota de prensa entre el fiscal y el letrado de [Alberto González Amador [Carlos Neira] fueron revelados…”. Es decir, la investigación se asumía en el Supremo para investigar esa posible relevación de secreto (delito del artículo 417 del Código Penal).
Cuestión de perímetro
Durante la declaración de este miércoles 29, al resumir el objeto de la causa, el juez Hurtado se remitió a su auto del 13 de enero en el que citaba al fiscal general a prestar declaración, entre otras diligencias. Allí el juez habla de una “dinámica delictiva que tuvo por objeto divulgar, por medio de lo que se conoce como filtraciones, en este caso, a través de medios de comunicación, información concerniente a la identidad de una persona, que debería haber sido objeto de reserva, pero obtuvo una publicidad que no debiera haber alcanzado por razones de confidencialidad, de ahí la presumible perpetración del delito de revelación de secretos del que se viene hablando en las presentes actuaciones”. Por tanto, el perímetro supera claramente lo establecido por la Sala de Admisión de la Sala Segunda ya apuntado, del 15 de octubre de 2024.
El juez ya ha imputado al teniente fiscal de la secretaría técnica de la FGE, Diego Villafañe, de quien sospecha que filtró la primera noticia, publicada por eldiario.es. Lo que llama la atención es que el juez Hurtado excluye del perímetro apuntado a la “otra parte”. Es decir: a aquellos –Carlos Neira, Alberto González Amador y Miguel Ángel Rodríguez– que al ver la noticia en el periódico digital se movilizaron para vulnerar la reserva y filtraron un correo del fiscal Julián Salto a Neira en el que le señalaba que era posible llegar negociar su propuesta de firmar un pacto de conformidad para evitar el juicio y las penas de cárcel. Esa fue la respuesta a la noticia periodística, una utilización -y tergiversación- del correo reservado para defender la reputación de Díaz Ayuso.
Dinámica delictiva
La Sala de Admisión que abrió las diligencias no mencionó la “dinámica delictiva” en la que se incluyera la noticia periodística del 12 de marzo. Pero es lo que está haciendo el instructor.
Fuentes judiciales sostienen que para Hurtado la noticia que dio cuenta de que la Fiscalía había denunciado a González Amador por delitos fiscales y la filtración del correo del 2 de febrero de 2024 son el núcleo -la “dinámica delictiva”- de la causa contra los fiscales.
El fiscal general del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz, ha negado rotundamente haber filtrado o participado en la filtración tanto de la noticia periodística del 12 de marzo como del correo del 2 de febrero de 2024. Según explicó, decidió que no contestaría a preguntas del juez por considerar que ya tenía una decisión adoptada y que partía de una certeza que le impide descubrir la verdad. García Ortiz solo contestó a preguntas del abogado del Estado, que ejerce su defensa.
Las fuentes judiciales consultadas señalan que hasta este martes 28, Hurtado no ha tenido una sala por encima que revisara sus decisiones. Esas fuentes apuntan que los recursos de apelación de la defensa del FGE contra las resoluciones de Hurtado han sido elevadas a la Sala de Apelaciones -integrada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar y Eduardo Porres-, en efecto, el pasado martes 28. Por tanto, ni el auto de incoación de diligencias ni la entrada y registro en la Fiscalía y en la Fiscalía Provincial de Madrid han sido examinados por esa Sala.
Composición del tribunal
Si, como parece, el juez instructor se apresta a elaborar el auto de procesamiento, concluir las diligencias y abrir el juicio oral, vale la pena saber quien integrará el tribunal de enjuiciamiento con el funcionamiento vigente en la Sala Segunda del Supremo. Ese tribunal, si García Ortiz es enjuiciado, estará formado por los magistrados de la Sala de Admisión más otros dos para formar un tribunal de siete, que es el número que se requiere para casos de gran relevancia. Como lo será, si García Ortiz es sentado en el banquillo.
Por tanto, ya sabemos que Manuel Marchena presidirá el tribunal de enjuiciamiento, junto con los magistrados, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Susana Polo y Carmen Lamela. A ellos se unirán otros dos que deberían salir de aquellos magistrados que no tomaron parte en la admisión ni en la apelación: Ana Ferrer, Andrés Palomo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Leopoldo Puente y Javier Hernández. Por razones como estas, fuentes judiciales sostienen que es urgente una reforma del sistema de organización de la Sala Segunda, como propugna la magistrada Ferrer, para que los magistrados que admiten las querellas contra aforados sean más tarde quienes les enjuicien.
¡Elemental, querido Watson!
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