El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama no considera que haya motivos para apartar a la Joyería Yanes de la tasación de las joyas intervenidas al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en el despacho que tenía en la sede del PSOE, aunque uno de sus miembros se haya pronunciado en un programa de televisión sobre su valor. En un auto ha rechazado la recusación que el exdirigente socialista había formulado, al entender que esa intervención le había restado imparcialidad y le suponía un interés directo en la causa.
En su resolución recuerda que Rodríguez Zapatero, que ha terminado admitiendo que entre las joyas había tres colecciones regaladas por el mismo rey saudí que entregó 65 millones de euros al rey emérito, recusaba a «la entidad judicialmente designada para valorar las joyas intervenidas en la presente causa, alegando la existencia de una apariencia de falta de imparcialidad y un interés directo o indirecto que compromete la objetividad del informe», porque «Juan Yanes López, director general y uno de los titulares de la firma designada, realizó ante medios de comunicación manifestaciones públicas anticipando juicios sobre la autenticidad y el valor global de las piezas, incluso ofreciendo aproximaciones cuantitativas que influyen en cuestiones subjetivas de la pericia como el valor de reposición y la estimación conjunta del lote».
Pero para el magistrado, la recusación resulta precipitada, por cuanto si bien la pericia en cuestión ha sido encomendada a la entidad “Joyería Yanes”, ninguno de sus representantes legales ha sido citado a efectos de indicar los profesionales concretos que practicarán dicha diligencia, y, por consiguiente, no puede determinarse la concurrencia o no en los mismos de causa de recusación alguna. Y para que la recusación contra un perito funcione debe tratarse del mismo experto y no a la institución, organismo o entidad a la que este pertenezca.
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