La futura ley asturiana de Universidades que PSOE e IU han pactado llevar este mes a la Junta General, tal y como adelantó este periódico, se ha sustentado sobre el acuerdo político con una duda jurídica todavía pendiente de cerrar. Durante la elaboración del texto, la propia Consejería de Ciencia hizo constar sus dudas sobre el encaje constitucional de algunos de los controles previstos para las universidades privadas, según ha podido saber LA NUEVA ESPAÑA.
Las reservas, expresadas desde la dirección general de Universidad que encabeza Cristina González Morán, afectan fundamentalmente a hasta dónde puede llegar el Principado para condicionar la implantación de nuevas titulaciones privadas cuando ya existe una oferta semejante en la Universidad de Oviedo. Es uno de los elementos centrales del acuerdo entre los socios: la futura planificación universitaria deberá tener en cuenta la demanda de los estudios y pretende evitar que la expansión privada termine reproduciendo enseñanzas ya implantadas en la institución pública.
Las diferencias no han roto el acuerdo. Fuentes conocedoras de la negociación confirman que ha habido discrepancias «tanto respecto al contenido como al alcance del texto», pero los dos partidos han mantenido como marco el pacto político previamente alcanzado por la FSA e IU. La solución acordada ha sido no cerrar ahora todas las controversias jurídicas y trasladar parte de ese examen a la tramitación parlamentaria, lo que conllevará que sean los letrados de la Junta quienes deban pronunciarse sobre el texto.
El Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado directamente sobre una prohibición autonómica dirigida a impedir que las universidades privadas dupliquen titulaciones de las públicas. Lo hizo en una sentencia que anuló un artículo de la ley universitaria de Aragón. Aquella norma establecía que «en todo caso» los nuevos grados de centros privados no podrían duplicar enseñanzas existentes en determinados campus de la Universidad de Zaragoza. El tribunal consideró que la prohibición absoluta limitaba de forma injustificada la autonomía universitaria reconocida también a las universidades privadas.
La sentencia, sin embargo, no impide a las comunidades autónomas planificar su oferta universitaria ni utilizar la demanda como criterio para autorizar titulaciones. Al contrario: el Constitucional recordó que las administraciones pueden valorar el grado de demanda de los estudios, las necesidades sociales, el equilibrio territorial, la eficiencia en el uso de recursos, los costes, la especialización o la actividad investigadora. El problema de la norma aragonesa era que convertía la duplicidad en una prohibición automática para el sector privado, al margen de cualquier otra consideración.
Ahí se encuentra la frontera que deberá afinar la ley asturiana. La propia Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) exige actualmente que antes de implantar un título oficial exista un informe autonómico favorable sobre su «necesidad y viabilidad académica y social». Es decir, valorar si existe demanda y si una nueva enseñanza está justificada no solo es posible, sino que forma parte del procedimiento previsto por la legislación estatal. Otra cuestión distinta es transformar la coincidencia con un grado de la universidad pública en un veto incondicionado.
La distinción resulta particularmente relevante porque el desembarco de las privadas en Asturias ya ha hecho que la duplicidad deje de ser una hipótesis. El Principado autorizó en octubre de 2025 la adscripción en Oviedo del centro de la Universidad Alfonso X el Sabio para una oferta que contempla, entre otros estudios, Medicina, Enfermería y Odontología. Los tres grados forman también parte actualmente de la oferta de la Universidad de Oviedo. La autorización privada incluye asimismo Farmacia y diferentes másteres sanitarios.
La llegada de las privadas es, de hecho, la razón que el propio Gobierno utilizó esta primavera para justificar la nueva regulación. El pasado abril, la Consejería de Ciencia abrió la consulta pública previa del «Proyecto de Ley del Principado de Asturias del Sistema Universitario» y señaló expresamente que la entrada de universidades privadas hacía necesaria una norma que «blinde, fortalezca y proyecte a la Universidad de Oviedo como institución central del sistema universitario asturiano».
Sin embargo, las discrepancias políticas internas llevaron a IU a impulsar la ley desde un acuerdo político entre las dos formaciones que sustentan el Ejecutivo autonómico. Es decir, en vez de nacer como un proyecto de ley, desde la Consejería, lo hará como una proposición de ley de los grupos parlamentarios.
Ese cambio tiene consecuencias relevantes. Así, un anteproyecto elaborado por el Gobierno debe incorporar, entre otros documentos, una memoria de impacto normativo y económica, ser informado por la Secretaría General Técnica de la consejería y pasar por un procedimiento de observaciones de los restantes departamentos. La normativa asturiana permite además solicitar informe al Servicio Jurídico y contempla los informes consultivos que procedan en función de la materia.
Una proposición de ley parlamentaria sigue otro recorrido. Una vez admitida por la Mesa, el Consejo de Gobierno dispone de diez días para expresar su criterio; si el Pleno la toma en consideración, continúa después su tramitación como los proyectos de ley. No queda, por tanto, fuera del asesoramiento jurídico parlamentario, pero el examen se desplaza desde el expediente previo de la Administración hacia la propia Cámara. Los letrados de la Junta tienen precisamente entre sus funciones informar documentos parlamentarios y prestar asesoramiento técnico-jurídico a sus órganos.
Las dudas tampoco afectan por igual a toda la futura ley. Existe un amplio terreno técnico en el que las diferencias son mucho menores. Uno de ellos es la reforma del Consejo Social de la Universidad de Oviedo, que continúa regulado en Asturias por una ley de 1997. La LOSU de 2023 ordena que sea una ley autonómica la que determine su composición, mandato y procedimiento de designación, lo que obliga a adaptar el viejo marco asturiano.
Otro es la creación de una Agencia Asturiana de Calidad Universitaria. La legislación estatal atribuye las funciones de evaluación de titulaciones, profesorado y centros a ANECA y a las agencias autonómicas que reúnan las condiciones previstas y estén inscritas en el registro europeo de agencias de calidad. La futura ley pretende dotar a Asturias de una estructura propia para ejercer esas competencias.
El principal debate jurídico se concentra así en el corazón político de la norma: cómo proteger la posición de la Universidad de Oviedo y ordenar el crecimiento de las privadas sin convertir esa protección en una restricción incompatible con la autonomía que la Constitución reconoce también a estas últimas.
Suscríbete para seguir leyendo














