La Fiscalía del Tribunal Supremo acaba de recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) sobre los progenitores que mantuvieron aislados durante más de tres años a sus tres hijos menores en una vivienda de Oviedo. El Ministerio Público reclama que ambos sean condenados también por tres delitos de detención ilegal y un delito de malos tratos psíquicos habituales en el ámbito familiar, delitos de los que resultaron absueltos por los juzgados ovetenses.
El recurso de casación se dirige contra la sentencia dictada el pasado 13 de julio por la Sala Civil y Penal del TSJA, que confirmó la condena de los acusados por abandono de familia, pero estimó parcialmente el recurso de las defensas y los absolvió del delito de violencia psíquica habitual. Además, mantuvo la absolución por los tres delitos de detención ilegal por los que también habían sido acusados.
La Fiscalía del Supremo sostiene, sin embargo, que los hechos declarados probados permiten concluir que existieron tanto malos tratos psíquicos habituales como tres detenciones ilegales. El recurso, firmado por el fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo Hermida, se formula exclusivamente sobre cuestiones jurídicas y sin cuestionar los hechos que ya fueron considerados probados por los tribunales asturianos.
Según ese relato, los dos acusados permanecieron encerrados durante más de tres años con sus tres hijos, que cuando comenzó el aislamiento, en 2021, tenían siete y cinco años, sin permitirles abandonar la vivienda en ningún momento. Los progenitores compartieron con los menores la idea de que salir al exterior podía exponerlos a un contagio. La situación se mantuvo hasta que intervinieron la Policía Local y los servicios sociales tres años después. La vivienda, según los hechos probados, se encontraba en condiciones insalubres, mientras que los niños estuvieron privados de asistencia médica durante todo ese periodo y nunca fueron escolarizados.
El prolongado aislamiento tuvo además consecuencias para los menores. La sentencia considera probado que sufrieron dificultades de deambulación y un déficit en la adquisición de habilidades sociales, hasta el punto de generarles un trastorno del desarrollo psicológico. La Fiscalía argumenta ahora que esta situación no puede considerarse, «sin contradicción lógica y jurídica», un ejercicio de las funciones parentales compatible con la dignidad, la integridad psíquica y el interés superior de los menores. A su juicio, la absolución por los delitos de detención ilegal y malos tratos psíquicos resulta incompatible con el Código Penal y con la doctrina del Supremo sobre la protección reforzada de la infancia.
Por el delito de malos tratos psíquicos habituales en el ámbito familiar, el Ministerio Público solicita para cada acusado dos años y cuatro meses de prisión, además de tres años y cuatro meses de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad. Reclama asimismo que no puedan acercarse a menos de 300 metros de los menores durante ese mismo periodo, la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio y la suspensión del régimen de visitas hasta el cumplimiento íntegro de la pena.
La petición de pena es todavía mayor por las detenciones ilegales. La Fiscalía solicita, por cada uno de los tres delitos de detención ilegal en concurso ideal con el delito de abandono de familia, siete años y ocho meses de prisión, además de ocho años y ocho meses de prohibición de aproximarse a los menores, prohibición de comunicación y suspensión del régimen de visitas. También considera que debe aplicarse a ambos acusados la agravante de parentesco.
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