El Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid ha acordado la apertura de juicio oral en el conocido como caso Sálvame y ha remitido la causa a la Audiencia Provincial de Madrid para su enjuiciamiento. El auto mantiene la libertad provisional de los acusados, fija fianzas de hasta 426.000 euros y deja fuera del procedimiento a Alberto Díaz Martínez.
No obstante, la situación procesal de los acusados no es idéntica. En el caso de David Valldeperas, el Ministerio Fiscal solicitó durante la fase de instrucción el archivo de la causa al considerar que no existían pruebas suficientes para sostener una acusación penal contra él. Su presencia en el juicio oral responde exclusivamente a que varias acusaciones particulares han decidido mantener las acciones penales.
Avance decisivo en el caso Sálvame
La investigación judicial del conocido como caso Sálvame concluye su fase de instrucción con la apertura de juicio oral. La Audiencia Provincial de Madrid será la encargada de resolver las distintas acusaciones formuladas en el procedimiento.
Acusados y delitos incluidos en el procedimiento
En el auto, fechado el 25 de junio y firmado por el magistrado Marcelino Sexmero Iglesias, se acuerda dirigir el procedimiento contra Ángel Jesús Fernández Hita, Iván Caveda Valle, Gustavo González González, María Pascual García, David Valldeperas Andújar, Victoria Laseca Cascante, Miguel Menaut Palco, Isaac Pulido Arroyo y La Fábrica de la Tele S.L.
Los hechos serán enjuiciados conforme a las distintas acusaciones formuladas en el procedimiento, que incluyen presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, cohecho y otros ilícitos recogidos en los escritos de acusación.
En el caso de David Valldeperas, el juicio oral se celebrará únicamente respecto de las acusaciones formuladas por las acusaciones particulares, ya que el Ministerio Fiscal interesó previamente el sobreseimiento de la causa respecto a él al no apreciar indicios suficientes para ejercer acusación penal.
Cabe recordar que la Fiscalía ya determinó que de todos los presuntos delitos que inicialmente se pusieron sobre la mesa, el caso quedó reducido únicamente a un delito de revelación de secretos, que es algo muy habitual en el ejercicio de la profesión periodistica
Asimismo, figuran como posibles responsables civiles subsidiarios La Fábrica de la Tele S.L., Mediaset España Comunicación S.A. y Revista Rumore-Zoom Ediciones S.L.U.
Por el contrario, el juez acuerda que no procede la apertura de juicio oral contra Alberto Díaz Martínez, al haber quedado firme el archivo de las actuaciones respecto a él.
Medidas cautelares y control judicial
La resolución mantiene la libertad provisional de todos los acusados sin imponer prisión preventiva. No obstante, deberán comparecer cuando sean requeridos por el juzgado o por la Audiencia Provincial y comunicar cualquier cambio de domicilio.
El incumplimiento de estas obligaciones podría dar lugar a la adopción de medidas cautelares más gravosas.
Garantías económicas y fianzas
El magistrado requiere a los acusados para que, en el plazo de un día, presten las correspondientes fianzas destinadas a garantizar las posibles responsabilidades civiles derivadas del procedimiento.
La cuantía más elevada corresponde al exagente Ángel Jesús Fernández Hita, con 426.000 euros. A Gustavo González y La Fábrica de la Tele S.L. se les exige una fianza de 381.000 euros, mientras que Iván Caveda Valle deberá consignar 12.000 euros.
El resto de los acusados tendrán que prestar una fianza de 9.000 euros cada uno.
En caso de no hacerlo, el juzgado procederá al embargo de bienes suficientes para cubrir dichas cantidades. Estas mismas garantías podrán exigirse, en su caso, a los responsables civiles subsidiarios.
Competencia y plazos para la defensa
El auto declara competente para el enjuiciamiento a la Audiencia Provincial de Madrid.
A partir de ahora, los acusados dispondrán de tres días para designar abogado y procurador, si no lo hubieran hecho ya, y de diez días para presentar sus escritos de defensa, manifestando si muestran conformidad o disconformidad con las acusaciones y proponiendo las pruebas que consideren oportunas.
Fin de la fase de instrucción
Contra esta resolución únicamente cabe recurso en lo relativo a la situación personal de los acusados, mientras que la decisión de abrir juicio oral no admite impugnación.
Con este auto concluye la fase de instrucción del denominado caso Sálvame y comienza la fase de enjuiciamiento ante la Audiencia Provincial de Madrid.
En el caso de David Valldeperas, la Audiencia examinará exclusivamente las acusaciones sostenidas por las acusaciones particulares, dado que la Fiscalía no ejerce acción penal contra él tras haber solicitado el archivo de la causa durante la instrucción al considerar que no existían indicios suficientes para sostener una acusación. De este modo, su situación procesal difiere de la de otros acusados respecto de los que sí se mantiene la acusación del Ministerio Fiscal.















