Las Fuerzas Armadas crean un distintivo de uniforme para certificar el “valor reconocido”

  1. Reglamento general de recompensas militares
  2. Valor reconocido y condecoraciones relacionadas
  3. Citación como distinguido en la Orden General
  4. Distintivos e insignias en los uniformes
  5. Creación del distintivo del valor reconocido
  6. Orden DEF/114/2025 y su regulación de distintivos
  7. Instrucción del JEMAD sobre el distintivo valor reconocido
  8. Diseño y modalidades del distintivo del valor reconocido
  9. Ubicación y uso del distintivo en el uniforme

Reglamento general de recompensas militares

El Reglamento general de recompensas militares regula una serie de condecoraciones y recompensas que pueden recibir los miembros de las Fuerzas Armadas.

 

Valor reconocido y condecoraciones relacionadas

La máxima recompensa militar de España es la Cruz Laureada de San Fernando.

Tiene por objeto premiar el valor heroico como virtud sublime que, con relevante esfuerzo de la voluntad, induce a acometer excepcionales acciones, hechos o servicios militares, individuales o colectivos, con inminente riesgo de la propia vida y siempre en servicio y beneficio de la Patria o de la paz y seguridad de la comunidad internacional.

Por debajo de ese “valor heroico”, varias distinciones conllevan que al militar se le acredita el “valor reconocido”.

Los militares recompensados con la Cruz de Guerra tienen, además, la calificación de “valor reconocido” en su hoja de servicios.

Esa condecoración es poco común. Algo más habitual, aunque infrecuente en los últimos años, son las cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo rojo, que también conllevan la calificación de “valor reconocido” en la hoja de servicios.

Citación como distinguido en la Orden General

La penúltima recompensa militar en prelación es la citación como distinguido en la Orden General.

Sirve para premiar a “aquellas personas que, con valor, realicen acciones, hechos o servicios eficaces para la operación militar concreta que se esté llevando a cabo, en el transcurso de conflictos armados o de operaciones militares que impliquen o puedan implicar el uso de la fuerza armada, cuando no corresponda otra recompensa”.

Como las otras medallas, pero a su nivel, esta distinción es un mérito que se valora en los procesos de evaluación en las Fuerzas Armadas.

Quienes son citados como distinguidos en la Orden General, boletín interno militar, reciben una cédula acreditativa de la concesión de la recompensa y su anotación en la documentación militar o administrativa.

Y la calificación de “valor reconocido” también se anota en su hoja de servicios.

 

Distintivos e insignias en los uniformes

Las otras medallas, y otras condecoraciones, tienen sus distintivos propios, insignias que los militares pueden lucir en su uniforme como muestra de sus méritos

Sin embargo, el “valor reconocido” actualmente no tenía como tal un distintivo. Ahora lo va a tener.

Creación del distintivo del valor reconocido

Confidencial Digital ha podido confirmar que el Estado Mayor de la Defensa, que dirige la estructura conjunta operativa de las Fuerzas Armadas, ya tiene redactada una instrucción, que firmará el JEMAD y que va a regular “creación, concesión y uso del distintivo del valor reconocido o acreditado”.

Algo más de un año lleva en vigor la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas.

Esa orden regula, entre otros aspectos, los distintivos, “símbolos que situados sobre el uniforme sirven para señalar ciertas cualidades o circunstancias de relevancia que distinguen o caracterizan a quien los ostenta”.

Ya al aprobar la orden de 2025 se contemplaba un distintivo del valor reconocido: “El distintivo del valor reconocido o acreditado tiene por finalidad distinguir sobre el uniforme al personal de las Fuerzas Armadas que tenga la calificación del valor anotado en la hoja de servicios”.

La misma norma establece que “el Jefe de Estado Mayor de la Defensa definirá el diseño y regulará los criterios para su concesión y uso” de ese distintivo, que reflejará la anotación del valor en la hoja de servicios cuando ese reconocimiento no tenga una condecoración que refleje esa virtud: por ejemplo, que no se anotara en la hora de servicios por la concesión de una cruz del Mérito Militar con distintivo rojo.

Instrucción del JEMAD sobre el distintivo valor reconocido

La nueva instrucción del JEMAD establecerá que el personal que tenga derecho al distintivo de valor reconocido podrá solicitar al Jefe de Estado Mayor de la Defensa que le conceda el distintivo.

Cuando se le otorgue el distintivo, se anotará en la hoja de servicios.

Diseño y modalidades del distintivo del valor reconocido

El Estado Mayor de la Defensa ya ha diseñado cómo será el distintivo del valor reconocido o acreditado.

Será un distintivo circular, de fondo rojo, con una corona de ramas de roble y la leyenda “VALOR ACREDITADO”.

Habrá tres modalidades de distintivo. El primer acreditará el reconocimiento del valor consecuencia de la citación como distinguido en la Orden General.

El segundo supondrá la acreditación o reconocimiento del valor debido a hechos de armas y servicios de carácter especial.

La tercera categoría reconocerá el valor debido a actos de servicio meritorios no relacionados con hechos de armas.

La diferencia entre un distintivo y otro estará en detalles: color oro o plata, y la inclusión o no en el distintivo de unas espadas cruzadas.

Ubicación y uso del distintivo en el uniforme

En la instrucción del JEMAD pendiente de aprobación se recoge lo que ya establecen las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas: que el distintivo del valor reconocido lo llevarán los militares bordados en el antebrazo, en unos puntos concretos que establece la normativa, que son la zona “I” de los uniformes de gala, especial relevancia y en las modalidades “A” y “B” del uniforme de diario.



Fuente