El Consejo de Ministros va a aprobar un real decreto destinado a eliminar las barreras que todavía impiden que un sector de los inmigrantes en situación irregular puedan acceder a la sanidad pública. Al llegar al poder, Pedro Sánchez ya aprobó una normativa para recuperar la universalidad del sistema sanitario, que Mariano Rajoy había laminado. Sin embargo, contemplaba requisitos que dejan fuera a algunas personas, si no pueden demostrar que llevan tres meses residiendo en España.
Para abrir definitivamente las puertas de los centros de salud y los hospitales a todos los inmigrantes, el nuevo real decreto reconoce el derecho con una declaración responsable del solicitante, donde este afirme que no cuenta con cobertura sanitaria por otra vía, que no se puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia. De forma paralela, para demostrar su residencia en España, aunque el empadronamiento sigue siendo el documento preferente, se aceptarán otros medios de prueba como certificados de escolarización en centros públicos, informes de los servicios sociales, facturas de luz, agua, telefonía o internet o células de inscripción o documentos de inscripción consular.
Además, para evitar interrupciones en la atención, el real decreto especifica que en mismo momento de presentar la solicitud, se dará al interesado un documento provisional que permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos de manera inmediata, mientras se resuelve su expediente, que será válido en todas las comunidades. Y la administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución y enviarle una tarjeta sanitaria definitiva. Si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entenderá como estimada por el silencio administrativo.
Una vez reconocido el derecho, este no tendrá caducidad mientras la persona no se obtenga cobertura sanitaria por otra vía. Además, se establece que las administraciones competentes deberán iniciar el procedimiento de oficio cuando el solicitante no pueda hacerlo en el primer momento de la atención sanitaria.
Colectivos vulnerables
Además, el real decreto garantiza el acceso inmediato y efectivo a la asistencia sanitaria, independientemente de su situación administrativa, a los varios grupos vulnerables, como los menores y las mujeres embarazadas, para asegurarles asistencia antes, durante y después del parto. Además, se reconoce a las mujeres extranjeras sin papeles el derecho a abortar, de acuerdo con la ley española. También se dará acceso inmediato a la sanidad a las víctimas de las violencias machistas, a los solicitantes de protección internacional o temporal y se establecen medidas para que las personas con discapacidad dispongan de formatos accesibles y del apoyo necesario para realizar sus trámites en igualdad de condiciones.
Asimismo, el real decreto amplía la protección a los españoles (de origen) residentes en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho estaba limitado a pensionistas o trabajadores. Y con el nuevo texto, se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo), siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social. El real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Suscríbete para seguir leyendo












