El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el Govern balear contra la ley de Vivienda aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, confirmando así la validez de casi toda la norma. En una sentencia dictada el 19 de diciembre de 2025, el tribunal concluye que el Estado no se extralimitó al regular aspectos clave del acceso a la vivienda en todo el país y que la ley respeta, en líneas generales, las competencias de las comunidades autónomas.
El Gobierno había recurrido numerosos artículos de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, al considerar que el Estado invadía competencias autonómicas en materias como vivienda, urbanismo o gestión del suelo. Sin embargo, el Constitucional descarta este argumento en la mayor parte de los casos y respalda la capacidad del Gobierno central para intervenir en el mercado de la vivienda cuando existe un problema general que afecta a la igualdad entre ciudadanos.
La sentencia avala medidas como la regulación de las zonas de mercado residencial tensionado, la creación y gestión de parques públicos de vivienda, las obligaciones impuestas a los grandes propietarios y los límites a los alquileres en determinadas situaciones. Según el tribunal, estas actuaciones están justificadas por el interés general y por la necesidad de garantizar el acceso a una vivienda digna en todo el territorio.
El Constitucional solo estima parcialmente el recurso en un punto muy concreto: anula un artículo que permitía, de forma opcional, introducir vivienda social en determinados suelos urbanísticos. El tribunal considera que esta previsión entra en el ámbito del urbanismo, una competencia que corresponde principalmente a las comunidades autónomas, y que no puede ser regulada desde el Estado en esos términos.
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