El Ayuntamiento de Alicante rechaza conceder «ventajas» administrativas al proyecto de la nueva planta de almacenaje de cereales en el puerto. La Comisión de Hacienda ha decidido este viernes, por unanimidad, rechazar la tanto la declaración de especial interés municipal para el proyecto como la concesión de beneficios fiscales en el Impuesto de instalaciones, construcciones y obras (ICIO), que había solicitado la mercantil.
En mayo de este año, la empresa Adromat S. L. solicitó esta tramitación «prioritaria» para la construcción de una nueva nave en el muelle 19 destinada al tráfico de graneles, sólidos y líquidos, y de mercancía en general. Unas instalaciones que la compañía pretende destinar al comercio al por mayor de cereales. Al respecto, la solicitud alegaba que el proyecto reunía las cincunstancias sociales y de fomento de empleo para recibir esta especial calificación que sirve, principalmente, para otorgarle beneficios fiscales y administrativos. Una figura pensada para impulsar proyectos que se consideran estratégicos para el municipio por su impacto social, cultural, económico o urbanístico.
«No se dan las condiciones»
Sin embargo, la Corporación municipal no comparte los argumentos de la empresa. Todos los grupos políticos (PP, PSOE, Vox, Compromís y EU-Podemos) han acordado este viernes en Comisión de Hacienda rechazar la solicitud, al entender que no se dan las condiciones para ello en el proyecto de la nave de graneles.
En cuanto a los motivos, el informe técnico del expediente señala que no se cumple con el «fomento del empleo» necesario para que el proyecto sea considerado de especial interés. En concreto, no se garantiza la contratación de personal fijo, ya que la mercantil «afirma contemplar el carácter indefinido en la contratación, sin embargo determina un plazo mínimo de contratación, por lo que la relación contractual deja de tener dicho carácter indefinido».
En la misma línea, los técnicos municipales aprecian que, dado que la declaración de especial interés y utilidad municipal «constituye en si misma una condición para la obtención de la bonificación» del ICIO, tampoco procede el descuento del 95 % reclamado por la compañía. Por todo ello, la Comisión de Hacienda ha acordado por unanimidad desestimar ambas peticiones y las futuras instalaciones deberán acogerse a los trámites habituales.














