Un total de 55 periodistas especializados en información de tribunales han puesto en conocimiento de la presidenta del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y la decana de los Juzgados de Instrucción de la capital la situación a la que se ha colocado a cuatro periodistas de los diarios ‘El País’, ‘El Mundo’ y ’20 minutos’, a los que la jueza Adelaida Nieves Medrano ha imputado por el contenido de sus noticias sobre uno de los informes de la Guardia Civil que obran en la causa abierta en el Tribunal Supremo contra el fiscal general del Estado.
La titular del Juzgado de Intstrucción número 20 de Madrid les imputa un presunto delito de revelación de secretos y les ha citado en calidad de investigados el próximo 19 de junio tras abrir causa a raíz de una queja de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, igualmente investigada en el Supremo.
Esta queja fue presentada inicialmente ante el instructor de la causa en el alto tribunal, el magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado, por haberse publicado por distintos medios de comunicacion el contenido del informe que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil había realizado sobre el contenido del teléfono móvil de Rodríguez. Dicho informe atribuía un «papel determinante» al fiscal general en la presunta filtración de datos reservados de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
En su escrito, los periodistas manifiestan su «pleno respeto a la independencia judicial», así como su convicción de estar sometidos a la ley y a la justicia como el resto de ciudadanos. «Pero no podemos compartir la apertura de una investigación que puede afectar gravemente al derecho de la sociedad a una información veraz sobre procedimientos judiciales de enorme trascendencia social e institucional», añaden.
‘Chilling effect’
Agregan que se han limitado cumplir con su deber constitucional de difundir «informaciones debidamente contrastadas en un asunto de indudable interés público» y que si se ven sometidos a investigaciones penales por ejercer su oficio, amparado por el artículo 20 de la Constitución, «tanto ellos como sus fuentes de información padecerán el efecto disuasorio (‘chilling effect’) que los tribunales internacionales, europeos perjudicial para las sociedades democráticas».
Recuerdan por otro lado que las quejas de la fiscal Rodríguez invocan el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que concierne a las partes del proceso judicial pero «en ningún caso a los profesionales de los medios de comunicación, que gozan del secreto profesional que consagra la Constitución Española«. Igualmente, los profesionales reivindican «la independencia, profesionalidad y honestidad de los compañeros» afectados por la apertura de esta causa judicial.
El informe del teléfono de Pilar Rodríguez resulta fundamental para la causa que se sigue por la presunta filtración del correo del abogado del empresario en el que asumía la comisión de dos delitos fiscales para intentar alcanzar un acuerdo con la fiscalía que evitara el juicio. El del fiscal general solo sirvió para comprobar que había borrado sus mensajes tras la apertura de la causa en su contra y que había cambiado de teléfono.