El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, indicó hoy en Burgos que el recurso de amparo presentado por el exvicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Dolors Bassa y Raül Romeva, contra la decisión del Tribunal Supremo de no aplicarles la ley de amnistía tendrá “poco recorrido”. Respondió así a preguntas de los medios acerca de la decisión del Tribunal Constitucional de admitir a trámite este recurso.

“El Tribunal Constitucional ejerce su propia competencia y me parece que entra dentro de la normalidad que hayan considerado que pueda tener un interés casacional y admitirlo a trámite”, aseguró. Asimismo, explicó que, en su opinión “desde la propia experiencia y la propia doctrina constitucional”, este recurso tendrá “poco recorrido”.

Llanera impartió la conferencia ‘Análisis jurídico de la Ley de Amnistía’ en el Aula Romeros de la Universidad de Burgos (UBU) con motivo de la Festividad de la Facultad de Derecho. Durante la misma hizo un repaso de lo que significa la Ley de Amnistía, cómo se interpreta y aplica en otros países, y cuál es el recorrido que tiene la norma en España.

De esta forma, en su intervención, y citando a la Comisión de Venecia, recordó que el objetivo de una Ley de Amnistía en un estado democrático “siempre es buscar una reconciliación social y política”. “Como los procedimientos que se desarrollan para promulgar una amnistía, tienen que ser coherentes con ese objetivo”, apuntó. Recordó además que los crímenes internacionales y los delitos de graves ataques a los Derechos Humanos no entrarían dentro de la norma.

En relación con España, señaló que la Ley de Amnistía ha provocado un debate “social, político, mediático y hasta dogmático”, y analizó los argumentos que proclaman los que están a favor y en contra de la misma. En este sentido, indicó que aquellos que se sitúan en contra, recuerdan que la Constitución se creó en el 1978 y la ley un año antes, por lo tanto, se ha cuestionado su validez dentro del Tribunal Constitucional.

Por otro lado, los que están a favor de la misma señalan que la Constitución fue una “iniciativa que buscaba la reconciliación” y que, por lo tanto, la citada ley buscaría lo mismo. “En estos supuestos, sí que cabe dentro de Constitución”, añadió.

Además, haciendo referencia a las elecciones de 2023, recordó el momento en el que surge la “necesidad de dictar una Ley de Amnistía” en España. Así, se refirió al pacto de investidura firmado por Junts y el PSOE. “Ahí se recoge que se va a promover una Ley de Amnistía para favorecerla. Tras haberse firmado ese pacto, cuatro días después, el PSOE presenta una ley de proposición y la presidenta del Parlamento convoca fecha para la investidura”, añadió. “Esto no responde a unos intereses generales, sino a unos partidistas, ya que los beneficiados de la amnistía son los mismos que la han promulgado y presentado”, agregó.

Dilatada trayectoria

Pablo Llanera Conde, nacido en 1963 y original de la ciudad de Burgos, cumple actualmente el papel de magistrado del Tribunal Supremo desde enero de 2016. Licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid, colegio universitario de Burgos, ingresó en la carrera judicial en 1989, con el número uno de su promoción, y posteriormente ascendió a la categoría de magistrado por oposiciones restringidas.

Fue juez de Primera Instancia e Instrucción en Torrelavega (Cantabria) y en Burgos, y juez de Instrucción en Barcelona entre 1992 y 1998, fecha en la que se incorporó a la Audiencia Provincial de Barcelona. En 2011 fue elegido presidente de este órgano judicial, cargo en el que permaneció hasta su nombramiento para el Tribunal Supremo.

En el año 2000 fue nombrado profesor de Derecho Penal de la Escuela Judicial y entre 2003 y 2005 fue jefe de Formación Inicial del Consejo General del Poder Judicial. Es autor de diversos estudios en materia penal y ha colaborado en múltiples foros jurídicos nacionales e internacionales sobre la materia.

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