¡Es el imperio de la ley lo que está en juego, compañeros!, por Ernesto Ekaizer

Sí. Hubo enriquecimiento personal al incorporar un activo a su patrimonio personal cuando se malversó o desvió el dinero de fondos públicos para financiar el referéndum del 1 de octubre. Y, por ello, los jueces vuelven a explicar ante la última redacción de la ley de amnistía -la aprobada con los cambios introducidos por Junts-, donde se excluye el enriquecimiento personal, que se hace inaplicable esa ley a la malversación. Porque la malversación ha sido enriquecimiento personal. Vuelven los magistrados a darse el lujo de excluir la malversación, amparados en la propia ley de amnistía, en un remedo de la conducta de los jueces ante las penas de la ley de solo sí es sí. Esto es, en resumen, lo que reafirman los cinco magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que han suscrito este lunes 30 de septiembre el auto, cuyo ponente ha sido el presidente de dicha sala penal, magistrado Manuel Marchena, por el que se desestima el recurso de súplica de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, apoyado por la Fiscalía General y la Abogacía General del Estado, que solicitaba la aplicación de la ley de amnistía a la malversación, aplicación denegada el pasado 1 de julio. Sin embargo, lo novedoso ha sido la profundidad de la carga del voto particular -el segundo- de la magistrada Ana Ferrer contra la posición de sus colegas.

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