El cuidado de los progenitores de edad avanzada suele plantear situaciones complejas cuando sobreviene el deterioro cognitivo y surge la necesidad de financiar su estancia en un centro especializado. En este contexto, David Jiménez, abogado experto en herencias, ha abordado una consulta habitual entre las familias: la imposibilidad de que una madre o padre firme documentos para enajenar un inmueble y costear estos cuidados. El experto ha advertido de que “si no se dejó preparado, todo se complica mucho” al no disponer previamente de las herramientas jurídicas pertinentes.
La falta de previsión ante la pérdida de capacidad cognitiva genera bloqueos patrimoniales notables cuando se pretende vender el piso para pagar la residencia. Ante esta disyuntiva, el especialista ha analizado las vías legales que existen en España tanto para prevenir este obstáculo antes de que aparezca la enfermedad, como para resolverlo una vez que la persona afectada ya no puede expresar válidamente su consentimiento ante notario.
La importancia clave del poder preventivo
Para esquivar estas dificultades patrimoniales, la recomendación principal del letrado radica en la previsión documental mientras la persona mantiene plenamente sus facultades. En palabras del especialista, “para evitar este tipo de situaciones, lo 1º es anticiparse, y la mejor forma, desde mi punto de vista como abogado, es hacer un poder preventivo”, una figura jurídica pensada para proteger la gestión futura de los bienes familiares.
Abuela en residencia de ancianos
Para evitar este tipo de situaciones, lo 1º es anticiparse, y la mejor forma, desde mi punto de vista como abogado, es hacer un poder preventivo»
Abogado Experto en Herencias
Este instrumento permite designar a personas de confianza para que actúen en nombre del titular cuando este ya no pueda valerse por sí mismo. Jiménez ha precisado que “la persona, cuando está cognitivamente bien, hace un poder, por ejemplo, a favor de su cónyuge o de sus hijos”. Dicha designación formal garantiza que el núcleo familiar pueda gestionar el patrimonio sin enfrentarse a vacíos legales imprevistos ni retrasos burocráticos.
El mecanismo destaca por su eficacia práctica, ya que “permite que ese poder, como incluye una cláusula para que subsista, para que siga sirviendo ese poder después de que pierda la capacidad cognitiva, con ese poder los hijos podrían vender la casa para pagar la residencia”, según ha incidido el abogado experto en herencias. Con este paso previo, los familiares cuentan con plena capacidad de actuación para firmar la venta ante notario de manera ágil.
Vías legales cuando no existe previsión
La realidad cotidiana evidencia que muchos hogares no formalizan este trámite con antelación y afrontan el problema cuando el progenitor ya ha perdido la lucidez. Frente a este escenario, Jiménez ha aclarado el procedimiento a seguir: “¿qué pasa si no hemos hecho un poder así? En ese caso, y asumiendo que tu madre no tenga capacidad cognitiva, el que cuida a tu madre, el curador o el guardador de hecho, puede pedir al juzgado una autorización judicial para realizar este trámite”.
El que cuida a tu madre, el curador o el guardador de hecho, puede pedir al juzgado una autorización judicial para realizar este trámite»
Abogado Experto en Herencias
Esta alternativa legal exige acudir a la vía judicial para que el juez examine el caso y autorice la venta del inmueble con el fin exclusivo de sufragar los gastos de la persona dependiente. Las figuras legales encargadas de solicitarlo son quienes asumen la asistencia cotidiana, ya sea como curador o bajo la condición de guardador de hecho, velando en todo momento por el bienestar del progenitor.

más del 90% de las personas mayores afirma que prefiere envejecer en casa antes que ingresar en una residencia.
Aunque el procedimiento judicial resuelve la situación, el letrado ha recordado que requiere tiempo e intervención en los tribunales. Por ello, Jiménez ha concluido que “no es que sean trámites especialmente complejos, pero siempre tienes que tratar de anticiparte a los problemas haciendo un poder”, insistiendo en que un sencillo trámite notarial preventivo ahorra gestiones procesales a las familias.













