La Guardia Civil realizará controles periódicos de drogas y alcohol a los agentes

  1. Controles aleatorios en las Fuerzas Armadas
  2. Plan General de Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas
  3. Importancia de la detección de consumo en las Fuerzas Armadas
  4. Proyecto de orden para la detección en la Guardia Civil
  5. Situación actual y procedimientos para las pruebas en la Guardia Civil
  6. Tramitación fallida de un proyecto anterior
  7. Real Decreto 67/2026
  8. Dos controles distintos
  9. Castigo: desde una multa hasta la expulsión de la Guardia Civil

Controles aleatorios en las Fuerzas Armadas

En cualquier momento, a cualquier militar, y sin avisar con antelación. Las unidades de las Fuerzas Armadas someten a sus miembros a pruebas periódicas y aleatorias de detección de drogas, a través de toma de muestras y análisis de orina.

Plan General de Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas

Esos controles se regulan en normas como la Resolución de la Directora General de Personal, por la que se publica el III Plan General de Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas; y la Instrucción Técnica 01/2025, de 18 de julio, de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, por la que se regula el procedimiento de toma de muestras y análisis de drogas en orina en los laboratorios del Ministerio de Defensa.

El objetivo principal del Plan General de Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas es evitar el consumo de sustancias con potencial adictivo mediante su reducción progresiva, así como su presencia, distribución y facilitación dentro del ámbito de las Fuerzas Armadas.

Importancia de la detección de consumo en las Fuerzas Armadas

Para ello contempla actuaciones formativas, informativas y de concienciación y disuasorias.

Un aspecto especialmente importante es la detección del consumo de drogas, “que se verifica mediante la realización de determinaciones analíticas en muestras biológicas”, y para ello el plan de Defensa establece unos análisis y comprobaciones con carácter obligatorio.

“La realización del test de detección de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante muestras de fluido oral, es una herramienta fundamental que tiene como finalidad evitar riesgos inmediatos en las personas que desarrollan tareas y cometidos especialmente de riesgo en las Fuerzas Armadas, tales como sucede con los conductores de vehículos o de maquinaria de cualquier tipo, personal que compone los diferentes tipos de guardias, personal que participa en ejercicios de instrucción y adiestramiento o personal desplegado en zona de operaciones”, regula uno de los puntos de la normativa militar.

Proyecto de orden para la detección en la Guardia Civil

Confidencial Digital ha podido confirmar que el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Guardia Civil preparan una norma en esa misma dirección.

Han redactado un proyecto de orden ministerial “por la que se establece el procedimiento de detección del consumo de alcohol y drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas al personal de la Guardia Civil”.

La norma justifica la necesidad de hacer controles de drogas y alcoholemia por “las especiales responsabilidades asignadas a la Guardia Civil”, que “obligan a sus integrantes a prestar el servicio en condiciones psicofísicas adecuadas”: sobre todo, por el porte y uso de armas, el manejo de vehículos a motor y la necesidad de tener sus capacidades de percepción y reacción intactas ante cualquier emergencia.

Situación actual y procedimientos para las pruebas en la Guardia Civil

Hasta ahora, los mandos de unidades de la Guardia Civil pueden ordenar que a un agente le hagan una prueba de alcoholemia o de detección de drogas si, estando de servicio, ese guardia civil muestra síntomas de encontrarse bajo los efectos de alguna de esas sustancias.

Pero ninguna norma regula la existencia de pruebas periódicas, es decir, realizar controles aleatorios al personal, sin necesidad de que lleguen al cuartel borrachos o muestren señales de haber consumido drogas.

Tramitación fallida de un proyecto anterior

En el año 2019 la Dirección General de la Guardia Civil ya manejó un proyecto de orden ministerial “por la que se establece el procedimiento de detección del consumo de alcohol y drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas al personal de la Guardia Civil”, como contó ECD.

Pasó por el Consejo de la Guardia Civil, el órgano que reúne a los representantes de las asociaciones profesionales de guardias civiles con responsables de la Dirección General, y estaba previsto que se aprobara en 2020.

Pero la tramitación de la norma se abortó antes de la aprobación. La Dirección General comprobó que le faltaba cierto amparo legal, en normas de rango superior, para regular ese procedimiento de detección del consumo de alcohol y drogas en el personal de la Guardia Civil.

Real Decreto 67/2026

El Consejo de Ministros aprobó hace dos meses, a propuesta del Ministerio del Interior, el Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la gestión de la incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

La disposición adicional segunda del real decreto regula los “reconocimientos y pruebas al personal que, sin encontrarse de baja temporal, pueda presentar insuficiencia de condiciones psicofísicas”.

Esa disposición abre la puerta a que puedan realizarse reconocimientos y pruebas con el procedimiento que se determine, para la detección del consumo de alcohol o drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, en los siguientes casos:

a) Cuando al iniciar un servicio o durante el transcurso de él se presenten síntomas evidentes de posible intoxicación etílica, o se presenten síntomas evidentes o se tenga conocimiento cierto de haber consumido drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En este caso, quien ostente el mando de unidad centro u organismo podrá disponer que el personal a sus órdenes sea sometido a las pruebas o reconocimientos médicos específicos encaminados a la detección de su consumo.

b) Cuando exista la sospecha debidamente fundada del consumo perjudicial de alcohol o del consumo habitual de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aun estando fuera de servicio, quien ostente el mando de unidad, centro u organismo podrá solicitar motivadamente que el personal a sus órdenes sea sometido a los reconocimientos y pruebas específicos encaminados a la detección de su consumo.

c) En el marco de los programas y actuaciones preventivas que se lleven a cabo para el fomento de conductas saludables a través de controles preventivos, en los términos que fije la persona titular del Ministerio del Interior, con la finalidad de prevenir las vulnerabilidades que dichas sustancias provocan en la conducta y capacidades del personal que se dispone a desarrollar sus funciones profesionales.

Así que se contemplan tres escenarios. Si un guardia civil presenta síntomas o se tiene información de que ha consumido drogas o alcohol, el mando de la unidad puede orden que le realicen pruebas de detección del consumo de esas sustancias.

Esas pruebas se encargarán a los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, ya que disponen de sistemas de detección del consumo de alcohol y drogas, en principio para utilizarlos con los conductores, pero también con los guardias civiles que den muestras de que pueden estar bajo los efectos de las drogas o del alcohol.

Otro escenario es el de “los programas y actuaciones preventivas que se lleven a cabo para el fomento de conductas saludables a través de controles preventivos”.

Para prevenir el consumo de alcohol y drogas de forma similar al plan de las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil podrá realizar controles de alcohol y drogas a los agentes.

El real decreto exigió que “los reconocimientos y pruebas incluidos en los programas y actuaciones preventivas previstos en el apartado 2.c), requerirán la validación de quien ostente la titularidad de la Jefatura de Asistencia al Personal de la Dirección General de la Guardia Civil y su programación será confidencial para asegurar su debida eficacia”.

Esa última referencia a la “programación confidencial” se refiere a que serán controles por sorpresa, que la Dirección General y las unidades no revelarán con antelación, sino que los realizarán sin avisar “para asegurar su debida eficacia”, es decir, para que tengan un efecto disuasorio real, ya que los guardias civiles sabrán que cualquier día les pueden hacer un control antidrogas y antialcohol, sin aviso previo, por sorpresa.

Dos controles distintos

El plan de la Dirección General de la Guardia Civil es que los distintos tipos de controles se realicen por vías distintas.

Si a un agente le detectan síntomas de estar bajo los efectos del alcohol o las drogas cuando está de servicio, pasará la prueba con compañeros de la Agrupación de Tráfico.

Las pruebas periódicas y aleatorias para tratar de disuadir a los guardias civiles del consumo de drogas, y del consumo excesivo de alcohol (o del consumo en horas de trabajo), las realizarán médicos.

Se prevé que se realicen test tanto de orina como de sangre, para comprobar la presencia de esas sustancias.

Castigo: desde una multa hasta la expulsión de la Guardia Civil

Las nuevas pruebas periódicas y aleatorias que planea implantar la Guardia Civil tienen una gran importancia interna, ya que la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil castiga con dureza el consumo de drogas y alcohol.

Según esa ley, es falta muy grave “prestar servicio en estado de embriaguez o bajo los efectos de estupefacientes o sustancias tóxicas o psicotrópicas o el consumo de los mismos durante el servicio”, y también lo es “la negativa injustificada a someterse a reconocimiento médico, prueba de alcoholemia o detección del consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias similares, legítimamente ordenada por la autoridad competente, a fin de constatar la capacidad psicofísica para prestar servicio”.

A un guardia civil que haya cometido una falta muy grave le pueden imponer tres sanciones distintas: pérdida de puestos en el escalafón, suspensión de empleo desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años, o la más dura, la separación del servicio, es decir, la expulsión de la Guardia Civil.

Un escalón por debajo están las faltas graves. Relacionadas con el consumo de alcohol hay dos:

La embriaguez o el consumo de estupefacientes o sustancias tóxicas o psicotrópicas fuera del servicio, cuando tales circunstancias tengan carácter habitual o afecten a la imagen de la Guardia Civil o de la función pública. Se entenderá que existe habitualidad cuanto estuvieren acreditados tres o más episodios de embriaguez o consumo de las sustancias referidas en un período de un año.

— La superación, al inicio o durante la prestación del servicio, de una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.

Las faltas graves se castigan en la Guardia Civil con suspensión de empleo de un mes a tres meses, pérdida de cinco a veinte días de haberes con suspensión de funciones, o pérdida de destino.

La nueva orden ministerial “por la que se establece el procedimiento de detección del consumo de alcohol y drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas al personal de la Guardia Civil” ya está redactada.

Se ha enviado a las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de la Guardia Civil, si bien estas asociaciones llevan unas semanas enfrentadas a la Dirección General por la declaración de profesión de riesgo, y no acuden a las reuniones del consejo.

Si no hay obstáculos jurídicos como los de hace unos años, la norma se aprobará próximamente.

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